SAP La Rioja 106/2008, 14 de Abril de 2008

PonenteBEATRIZ SAENZ DE JUBERA HIGUERO
ECLIES:APLO:2008:152
Número de Recurso174/2007
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución106/2008
Fecha de Resolución14 de Abril de 2008
EmisorAudiencia Provincial - La Rioja, Sección 1ª

SENTENCIA Nº 106 DE 2008

Ilmos. Sres.

Presidente:

D. ALFONSO SANTISTEBAN RUIZ

Magistrados:

Dª CARMEN ARAUJO GARCÍA

Dª BEATRIZ SÁENZ DE JUBERA HIGUERO

En la ciudad de Logroño a catorce de abril de dos mil ocho.VISTO en grado de apelación ante esta Audiencia Provincial, integrada por los Sres. Magistrados indicados al margen, los Autos de JUICIO VERBAL 128/2006, procedentes del JDO. DE 1ª INSTANCIA Nº2 de LOGROÑO, a los que ha correspondido el Rollo 174/2007, en los que aparece como parte apelante DOÑA Regina , representada por la Procuradora DOÑA BLANCA GOMEZ DEL RIO, y asistida por el Letrado DON ANTONIO ROMERO PEDROSA, y como apelada COMUNIDAD PROPIETARIOS DIRECCION000 FASE NUM000 DE LARDERO, representada por la Procuradora DOÑA MARIA LUISA BUJANDA BUJANDA, y asistida por el Letrado DON JUAN TOBIAS BAÑOS, siendo Magistrado Ponente la Ilma. Sra. Dª BEATRIZ SÁENZ DE JUBERA HIGUERO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que, con fecha 23 de junio de 2006, se dictó sentencia en primera instancia en cuyo fallo se recogía:

"Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por la procuradora Sra. Bujanda Bujanda, en nombre y representación de la Comunidad de Propietarios DIRECCION000 Fase NUM000 de Lardero (La Rioja), contra Doña Regina , en rebeldía, debo condenar y condeno a la demandada a abonar a la actora el importe de 550,07 euros, así como los intereses de mora procesal del artículo 576 LEC , con imposición de costas a la parte demandada."

SEGUNDO

Notificada la anterior sentencia a las partes, por la representación de la parte demandada, se presentó escrito solicitando se tuviese por preparado en tiempo y forma la apelación, que fue admitida, con traslado por 20 días a la parte recurrente para que interpusiese ante el Juzgado el recurso de apelación. Interpuesto éste, se dio traslado a las demás partes para que en 10 días presentasen escrito de oposición al recurso o, en su caso, de impugnación de la resolución apelada, en lo que le resultase desfavorable.

TERCERO

Seguido el recurso por todos sus trámites, se señaló para la celebración de la votación y fallo el día 27 de marzo de 2008.

CUARTO

En la tramitación del presente rollo se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia núm. 2 de Logroño se dictó en fecha 23 de junio de 2006 sentencia por la que se estimaba la demanda presentada por la Comunidad de Propietarios DIRECCION000 Fase NUM000 de Lardero contra Dª. Regina , quien habiendo sido citada debidamente no compareció en el acto del juicio oral, declarándosele en rebeldía. La sentencia estima la demanda por cuanto considera acreditada mediante prueba documental la existencia de la deuda y no se ha demostrado ni el pago ni ningún otro hecho impeditivo u obstativo a la pretensión de la demandante, cuya carga recaía en la demandada conforme al art. 217 de la Ley de Enjuiciamiento Civil .

Contra esta resolución Dª. Blanca Gómez del Río, Procuradora de los Tribunales, en nombre de Dª. Regina , presentó recurso de apelación interesando la revocación de la sentencia y la desestimación de la demanda alegando: en primer lugar, trata de justificar su falta de comparecencia en la vista oral por sus graves problemas de salud; y en cuanto al fondo alega que la sentencia no ha tenido en cuenta que según la prueba documental no se ha acreditado el origen o causa de la obligación que...

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