SAP Murcia 34/2007, 23 de Marzo de 2007
Ponente | CAYETANO RAMON BLASCO RAMON |
ECLI | ES:APMU:2007:726 |
Número de Recurso | 156/2007 |
Número de Resolución | 34/2007 |
Fecha de Resolución | 23 de Marzo de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Murcia, Sección 3ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 3
MURCIA
SENTENCIA: 00034/2007
Rollo núm. 156/2007
Apelación J. Faltas.
S E N T E N C I A NÚM. 34/2007
En la Ciudad de Murcia a veintiséis de Marzo de dos mil siete.
Visto por el Ilmo. Sr. Magistrado don CAYETANO BLASCO RAMÓN, al haberle correspondido por turno en esta Audiencia Provincial, el presente Rollo de Apelación núm. 156/2007, dimanante de los autos de Juicio de Faltas núm. 319/2005, que se han seguido en el Juzgado de Instrucción núm. 5 de Murcia, por lesiones en tráfico, entre las partes: María Purificación, Cecilia y Eva como denunciantes, Baltasar como denunciado, y la Aseguradora Mercurio como Responsable Civil directo.
En las actuaciones de que el presente Rollo dimana, seguidas por el trámite de juicio de faltas con el núm. 319/2005, el Juzgado de Instrucción núm. 5 de Murcia, dictó Sentencia con fecha 25 de Abril del años 2006, que establecía los siguientes hechos probados: "UNICO: Resultando probado y así se declara que el día 29 de enero de 2005 conducía María Purificación el vehículo Opel matrícula VH-....-IV propiedad de su madre Eva por la C/Antonio Flores Guillamón de Espinardo, viajando como acompañante de la misma Cecilia, cuando al llegar al cruce con la C/Asunción de esa localidad, el camión matrícula KA-....-IK conducido por Baltasar y asegurado en la entidad Mercurio, que circulaba por esa calle, no respetó la preferencia de paso del turismo y le colisionó. Como consecuencia del siniestro María Purificación resultó con lesiones que curaron tras el oportuno tratamiento médico a los 165 días de los cuales 75 fueron impeditivos para sus ocupaciones habituales, quedándole como secuelas, síndrome postraumático cervical (3 puntos) y clínica derivada de hernia discal lumbar (8 puntos). Cecilia resultó con lesiones que curaron tras el oportuno tratamiento médico a los 90 días de los cuales 50 fueron impeditivos para sus ocupaciones habituales, quedándole como secuelas síndrome postraumático cervical (3 puntos) y marca hipercrómica en rodilla izquierda que le causa un perjuicio estético ligero (1 punto). El vehículo resultó con daños materiales."
El Fallo de la mencionada resolución dispone expresamente: "Que debo condenar y condeno a Baltasar como autor de la falta a que se contrae este procedimiento a la pena de 15 días de multa con cuota diaria de 3 euros, y a que indemnice a María Purificación en la cantidad de 15.583,81 EUROS, a Cecilia a la cantidad de 6.647,16 euros, y a Eva en la cantidad que se determine en ejecución de sentencia por el perito adscrito al juzgado como valor venal...
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