STSJ Castilla-La Mancha , 16 de Septiembre de 2000

PonenteJOSE BORREGO LOPEZ
ECLIES:TSJCLM:2000:2637
Número de Recurso1860/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución16 de Septiembre de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

Recurso nº 1860/97 CIUDAD REAL SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO Sección Primera.

Presidente:

Iltmo. Sr. D. José Borrego López.

Magistrados:

Iltmo. Sr. D. Mariano Montero Martínez.

Iltma. Sra. Dª Purificación López Toledo SENTENCIA Nº

En Albacete, a dieciseis de Septiembre de dos mil. Vistos por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha los presentes autos, seguidos bajo el número 1860/97, del recurso contencioso- administrativo, seguido a instancia de la Consejería de Administraciones Públicas, representada y dirigida por el Servicio Jurídico de la J.C.C.M., contra la Tesorería General de la Seguridad Social, representada y dirigida por el Letrado de la Administración de la Seguridad Social, en materia de reclamaciones de deuda a la Seguridad Social. Siendo Ponente, el Iltmo. Sr. Don José Borrego López, Magistrado Especialista de lo Contencioso-Administrativo.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

Por la representación procesal de la actora se interpuso en fecha 3 de diciembre de 1997, recurso contencioso-administrativo contra resolución de la Dirección Provincial de Ciudad Real de la Seguridad Social, de fecha 15 de octubre de 1997.

Formalizada demanda, tras exponer los hechos y fundamentos jurídicos que estimó aplicables, terminó solicitando se dicte en su día sentencia por la que se anule la imputación de las deudas identificativas en los antecedentes de hecho de este escrito, por importe de 187.872 pesetas, declarando que la Administración Regional no puede ser considerada responsable del pago de las deudas dejadas sin saldar por el INSERSO con anterioridad a la fecha de efectividad de la transferencia practicada mediante R.D. 903/95 y, consiguientemente, le sean abonadas las sumas compensadas con los referidos débitos.

Segundo

Contestada la demanda por la Administración demandada, tras relatar a su vez los hechos y fundamentos jurídicos que entendió aplicables, solicitó una sentencia por la que se proceda a su íntegra desestimación con confirmación de las resoluciones administrativas que se impugnan.

Tercero

Acordado el recibimiento del pleito a prueba, y practicadas las declaradas pertinentes, se reafirmaron las partes en sus escritos de demanda y contestación, por vía de conclusiones, y se señaló día y hora para votación y fallo, el 06 de Septiembre de 2000, en que tuvo lugar.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
Primero

Se somete al control judicial de la Sala, la resolución de la Tesorería General de la Seguridad Social, Dirección Provincial de Ciudad Real, de fecha 15 de octubre de 1997, por la que se desestimó por extemporáneo el recurso ordinario interpuesto por la recurrente contra las reclamaciones de deuda números 92/1108673, 92/0890728, 94/0658790, 94/0658891, 94/658992, 94/2251715, 94/2251816, 95/11020411, 95/11020512, 95/12835018 y 96/10127986, correspondientes al c.c.c. 13/4191167.

Segundo

Con carácter previo, plantea la representación procesal de la Administración demandada la posible causa de inadmisibilidad del presente recurso contencioso-administrativo (arts. 82.c y 40.a, de la Ley Jurisdiccional), entendiendo que, desestimándose el recurso ordinario deducido por la Junta de...

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