STSJ Andalucía , 20 de Marzo de 2001

PonenteANTONIO LOPEZ DELGADO
ECLIES:TSJAND:2001:3675
Número de Recurso2917/2000
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución20 de Marzo de 2001
EmisorSala de lo Social

5 M.E SENTENCIA NÚM. 917/01 PRESIDENTE ILTMO. SR. D. ANTONIO ANGULO MARTIN MAGISTRADOS ILTMO. SR. D. ANTONIO LÓPEZ DELGADO ILTMO. SR. D. EMILIO LEÓN SOLÁ

ILTMO. SR. D. JOSÉ Mª CAPILLA RUIZ COELLO En la ciudad de Granada a VEINTE DE MARZO DE DOS MIL UNO La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada, compuesta por los Iltmos. Sres. Magistrados que al margen se indican, han pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el recurso de Suplicación núm. 2917/00, interpuesto por Raquel contra Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social núm. DOS DE JAEN en fecha 27 DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL 663/99 ha sido ponente el Iltmo. Sr. ANTONIO LÓPEZ DELGADO .

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

En el Juzgado de referencia tuvo entrada demanda interpuesta por Raquel en reclamación sobre DESEMPLEO contra INEM y admitida a trámite y celebrado juicio se dictó sentencia en fecha 27 DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL , por la que Desestimando la demanda interpuesta por Doña Raquel contra el Instituto Nacional de Empleo, debo absolver y absuelvo al demandado de las pretensiones deducidas en su contra.

Segundo

En la sentencia aludida se declararon como hechos probados los siguientes:

  1. - La demandante Doña Raquel , con DNI nº NUM000 y afiliada ala Seguridad Social en el Régimen Especial Agrario con el nº NUM001 , solicitó subsidio por desempleo para trabajadores eventuales del REASS, en fecha 19 de marzo de 1999, haciendo constar en la solicitud que la unida familiar la componían, además de la actora su padre D. Jose Ángel , con DNI nº NUM002 y su cónyuge D. Jesús Carlos , con D.N.I nº NUM003 ; el subsidio solicitado le fue denegado por resolución del INEM de fecha 7 de mayo de 1999 por el motivo de ser los ingresos obtenidos por los miembros de la unidad familiar, superiores en computó anual, al limite de acumulación de recursos que se establece para el reconocimiento del derecho.

  1. - La unidad familia de la actora en el momento de la solicitud del subsidio la compone, además de ella misma su cónyuge D. Jesús Carlos , con DNI nº NUM003 madre de su cónyuge Doña Frida , con D.N.I NUM004 , quienes conviven todos en el mismo domicilio sito en la calle DIRECCION000 nº NUM005 de Ubeda8Jaen).

  2. - D. Jesús Carlos obtuvo en el anterior a la solicitud del subsidio,rentas procedentes de trabajo en cuantía de 1.702.742 pesetas y de incrementos patrimonio neto en cuantía de 506.683 pesetas; la actora obtuvo ese periodo rentas procedentes de trabajo en cuantía de 170.568 ptas y Doña Frida obtuvo ingresos procedentes de una pensión de viudedad en cuantía de 785.740 pesetas.

  3. - Disconforme con la anterior resolución de fecha de octubre de 1999.

Tercero

Notificada la sentencia a las partes, se anunció recurso de suplicación contra la misma por...

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