SAP Barcelona 589/2006, 26 de Octubre de 2006

PonenteROSA MARIA AGULLO BERENGUER
ECLIES:APB:2006:9606
Número de Recurso980/2005
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución589/2006
Fecha de Resolución26 de Octubre de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 14ª

589/2006

SENTENCIA Nº 589/2006

Barcelona, veintiséis de octubre de dos mil seis.

Audiencia Provincial de Barcelona, Sección Catorce

Magistrados:

Francisco Javier Pereda Gámez

María del Carmen Vidal Martínez

Rosa Maria Agulló Berenguer (Ponente)

Rollo nº: 980/2005

Pleito nº: 19/2005

Procedencia: Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Santa Coloma de Gramenet

Objeto del juicio: Procedimiento Ordinario sobre reclamación de cantidad arrendamiento servicios, despacho Abogados que presta servicios en expediente de expropiación forzosa

Motivo del recurso: Aplicación indebida artículo 1.544 CC. Errónea valoración prueba

Apelante: Irene

Abogado: Sr. Sainz Pellón

Procurador: Sra. Boldú Mayor

Apelado: "Bordallo & Sainz Asesores, S.L."

Abogado: Sr. Cambó Ribas

Procurador: Sr. Córdoba Schwaneberg

ANTECEDENTES DE HECHO
  1. RESUMEN DEL PLEITO DE PRIMERA INSTANCIA

    La parte actora ejercita acción de reclamación de cantidad en concepto de honorarios profesionales por la gestión llevada a cabo a favor y por encargo de la demandada en el procedimiento administrativo de expropiación forzosa iniciado por el Ayuntamiento de Santa Coloma de Gramanet, en el que se vio afectada una vivienda propiedad de la demandada sita en la calle Pirineos nº 56 de esa ciudad. La actora alega haber negociado los intereses de su cliente demandada con la adjudicataria de la expropiación GRAME PARK, S.L. (sociedad municipal), consiguiendo que se permutara la vivienda de la demandada por otra y dos plazas de aparcamiento en la nueva construcción en la CALLE000, NUM000 - NUM001, firmándose para ello, un contrato de permuta

    En la contestación se niega la intervención de la letrada demandante y se sostiene, por contra, que fue la propia demandada quien se entendió directamente con la inmobiliaria y el Ayuntamiento.

    La sentencia recurrida, de fecha 29 de julio de 2005, tras una ponderada valoración de las pruebas, estima la demanda, siendo su parte dispositiva del tenor literal siguiente: "Estimo íntegrament la demanda que ha presentat el procurador dels tribunals David Muns Falcó, en representació de Bordallo & Sainz Asesores S.L., contra Irene representada pel procurador dels tribunals Sergio Matamoros Oliva, y en conseqüència condemno Irene a abonar a Bordallo & Sainz Asesores S.L., la quantitat de 4.287,36 euros (QUATRE MIL DOS CENTS VUITANTA SET EUROS I TRENTA SIS CÈNTIMS) quantitat que meritarà, un interès anual igual a l'interès legal dels diners des de la data d'interposició de la demanda, 13 de gener de 2005, i que s'incrementarà en dos punts des de la data d'aquesta resolució fins al seu complet pagament. Així mateix, imposo a la demandada les costes causades".

  2. CUESTIONES PLANTEADAS EN EL RECURSO DE APELACIÓN

    La demandada Irene, recurre la sentencia y argumenta que se ha valorado erróneamente la prueba y se ha aplicado indebidamente el artículo 1544 CC porque nos hallamos simplemente ante un contrato de permuta celebrado entre partes ajenas a la demandante.

    El apelado se opone abogando por la corrección de la sentencia cuya confirmación solicita.

  3. TRÁMITES EN LA SALA

    No se ha practicado prueba ni celebrado vista, llevándose a cabo la deliberación y votación de...

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