SAP Palencia 210/2007, 4 de Septiembre de 2007

PonenteMAURICIO BUGIDOS SAN JOSE
ECLIES:APP:2007:429
Número de Recurso228/2007
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución210/2007
Fecha de Resolución 4 de Septiembre de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Palencia, Sección 1ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

PALENCIA

SENTENCIA: 00210/2007

AUDIENCIA PROVINCIAL DE

PALENCIA

Sección 001

Domicilio : PLAZA DE ABILIO CALDERÓN 1

Telf : 979.167.701

Fax : 979.746.456

Modelo : SEN01

N.I.G.: 34120 37 1 2007 0100238

ROLLO : RECURSO DE APELACION (LECN) 0000228 /2007

Juzgado procedencia : JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.2 de CERVERA DE PISUERGA

Procedimiento de origen : JUICIO VERBAL 0000123 /2006

RECURRENTE : Arturo

Procurador/a : ANA ISABEL BAHILLO TAMAYO

Letrado/a :

RECURRIDO/A : Gabino

Procurador/a : ISABEL ABAD HELGUERA

Letrado/a :

Este Tribunal compuesto por los Sres. Magistrados que se indican al margen ha pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente

SENTENCIA NUMERO 210/07

SEÑORES DEL TRIBUNAL

Ilmo. Sr. Presidente

DON CARLOS JAVIER ALVAREZ FERNANDEZ

Ilmos. Sres. Magistrados:

DON MAURICIO BUGIDOS SAN JOSÉ

DON CARLOS MIGUELEZ DEL RIO

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Palencia, a cuatro de septiembre de dos mil siete

VISTO en grado de apelación ante esta Sección 001 de la Audiencia Provincial de PALENCIA, los

Autos de JUICIO VERBAL 0000123/2006, procedentes del JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.2 de

CERVERA DE PISUERGA, a los que ha correspondido el Rollo 0000228 /2007,en virtud del

Recurso de Apelación interpuesto contra la sentencia recaída en el mismo de fecha 5 de febrero de

2007 en los que aparece como parte apelante D. Arturo representado

por el procurador D. ANA ISABEL BAHILLO TAMAYO, y asistido por el Letrado D. JOSÉ VIRGILIO

PRADO, y como apelado D. Gabino representado por el procurador D.

ISABEL ABAD HELGUERA, y asistido por el Letrado D. ALBA MARTIN, siendo Magistrado

Ponente el Ilmo. Sr. DON MAURICIO BUGIDOS SAN JOSÉ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que el Fallo de dicha Sentencia, literalmente dice:

"Que debo estimar y estimo parcialmente la demanda interpuesta por el Procurador D. Alberto Víctor Pérez Fernández, en nombre y representación de D. Gabino, contra D. Arturo y condeno al demandado a los siguientes pronunciamientos:

  1. - Pagar a D. Gabino la cantidad de 1.199,71 euros.

  2. - Pagar los intereses legales desde la fecha de la interpelación judicial hasta su completo pago.

Cada parte deberá abonar las costas causadas a su instancia y las comunes por mitad.

El tipo de interés legal a cuyo pago se ha condenado a la demandada se verá incrementado en dos puntos, de conformidad con lo previsto en el artículo 576 LEC, desde la fecha de la presente sentencia hasta su completo pago."

SEGUNDO

Contra dicha Sentencia interpuso la parte demandada el presente Recurso de Apelación, exponiendo las alegaciones en las que se basaba su impugnación, que fue admitido en ambos efectos, y previo traslado a las demás Partes para que presentaran escritos de impugnación u oposición, fueron elevados los autos ante esta Audiencia, y al no haber sido propuesta prueba, es procedente dictar sentencia.

Se aceptan los Fundamentos de Derecho de la Resolución recurrida en tanto no se opongan a los de la presente Resolución.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Dictó Sentencia el Juzgado de Primera Instancia Nº 2 de Cervera de Pisuerga en fecha 5 de febrero de 2007, que estimó parcialmente la demanda presentada por D. Gabino contra D. Arturo, y condenó a este último a satisfacer al primero a la cantidad de 1.199,71 euros más intereses legales, importe de obra de albañilería ejecutada por el actor y no satisfecha por el demandado. Contra dicha sentencia se alza la representación de D. Arturo que entiende que existe error en la valoración probatoria; en recurso del que dado traslado a la contraparte fue objeto de oposición.

El juzgador "a quo" sustenta su sentencia en la prueba documental practicada y así también en pericial judicial, más la parte recurrente sostiene que la prueba pericial practicada no ha sido valorada debidamente, pues en ningún caso se constata que la obra que se pretende cobrar se haya realizado por el actor, y así también que no se ha tenido en...

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