SAP Valladolid 275/2005, 26 de Julio de 2005

PonenteFRANCISCO SALINERO ROMAN
ECLIES:APVA:2005:987
Número de Recurso137/2005
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución275/2005
Fecha de Resolución26 de Julio de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Valladolid, Sección 3ª

SENTENCIA Nº 275

Ilmos. Sres. Magistrados:

D. FRANCISCO SALINERO ROMAN

D.JOSE RAMON ALONSO MAÑERO PARDAL

D. MIGUEL ANGEL SENDINO ARENAS

En VALLADOLID, a veintiseis de Julio de dos mil cinco.

VISTO en grado de apelación ante esta Sección 003 de la Audiencia Provincial de VALLADOLID, los Autos de JUICIO VERBAL 871/2003, procedentes del JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 7 de VALLADOLID, a los que ha correspondido el Rollo 0000137 /2005, en los que aparece como parte apelante: D. Romeo , que comparece por sí mismo y asistido por el Letrado D. Romeo , y como apelado: EL COLEGIO PROVINCIAL DE ABOGADOS DE VALLADOLID, asistido por el Letrado D. JESÚS CASERO ECHEVERRY; sobre: Reclamación de cantidad por cuotas adeudadas al Colegio.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.

SEGUNDO

Seguido el litigio en cuestión por sus trámites legales ante el Juzgado de Primera Instancia de referencia, con fecha 15 de Octubre de 2004, se dictó sentencia cuyo fallo dice así: "Estimo la demanda presentada por ILUSTRE COLEGIO DE ABOGADOS DE VALLADOLID contra D. Romeo condeno a este último a pagar a la actora la cantidad de seiscientos setenta y cinco euros con cincuenta y seis céntimos (675,56), mas los intereses desde la interpelación judicial.

Las costas se imponen a D. Romeo ."

TERCERO

Notificada a las partes la referida sentencia, por el apelante se preparó recurso de apelación que fue interpuesto dentro del término legal alegando lo que estimó oportuno. Por la parte contraria se presentó escrito de oposición al recurso. Remitidos los autos de juicio a este tribunal se señaló para la Deliberación y Votación el pasado día 21 de Julio de 2005 .Vistos, siendo ponente el Ilmo Sr. Magistrado Don FRANCISCO SALINERO ROMAN.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Poco hemos de añadir a los acertados argumentos de la sentencia para resolver como lo hace por lo que los hacemos nuestros en su integridad para evitar innecesarias repeticiones. El primer motivo de oposición a la demanda lo fundamenta el apelante en el carácter meramente sentimental de su incorporación al Colegio Profesional sin vínculo obligacional ninguno. No podemos aceptarlo pues la afiliación en la condición de no ejerciente no es obligatoria y la prueba ha demostrado como tales colegiados reciben contraprestaciones del...

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