STSJ Cataluña , 16 de Julio de 2000

ECLIES:TSJCAT:2000:9775
Número de Recurso3833/1996
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución16 de Julio de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUNA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN SEGUNDA Recurso n° 3833/96 Partes: CORTEFIEL, S.A. C/ DIRECCION PROVINCIAL DE LLEIDA DE LA TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL SENTENCIA N°904 En la ciudad de Barcelona, a dieciséis de Julio de dos mil. D. EMILIO BERLANGA RIBELLES, Magistrado de la Sala de lo Contencioso- Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya, (Sección Segunda), ha pronunciado la siguiente sentencia en el recurso contencioso administrativo n° 3833/96, interpuesto por CORTEFIEL, S.A., representado por el Letrado D. Juan Carlos Santolaya Machetti, contra la Dirección Provincial de Lleida de la Tesoreria General de la Seguridad Social, representado por el Letrado de sus Servicios Jurídicos Dª. Immaculada C. Quijada González.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Letrado D. Juan Carlos Santolaya Maccheti, actuando en nombre y representación de la parte actora, se interpuso recurso contencioso administrativo contra la resolución de 27-09/96 desestimatoria del recurso ordinario formulado contra el acta de liquidación 96/153-51 período 2/91 a 12/91.

Régimen General.

SEGUNDO

Acordada la incoación de los presentes autos, se les dio el cauce procesal previsto por la Ley de esta Jurisdicción, habiendo despachado las partes, llegado su momento y por su orden, los trámites conferidos de demanda y contestación, en cuyos escritos respectivos en virtud de los hechos y fundamentos de derecho que constan en ellos, suplicaron respectivamente la anulación de los actos objeto del recurso y la desestimación de éste, en los términos que aparecen en los mismos.

TERCERO

Acordado por auto de fecha 17 de octubre de 1997 el recibimiento del precedente pleito a prueba y tras los oportunos trámites que prescribe la Ley Jurisdiccional en sus respectivos artículos, en concordancia con los de la L.E.C., se señaló a efectos de votación y Fallo la audiencia del día 13 de julio de 2001.

CUARTO

En la sustanciación del presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La Inspección Provincial de Trabajo de Lleida extendió con número 153/96 acta de liquidación a la empresa CORTEFIEL, S.A. por un monto total, incluidos los correspondientes recargos por mora, de 308.362 pesetas, por falta de alta y cotización en el régimen general de la Seguridad Social de la trabajadora Milagros durante el período de febrero a diciembre de 1991.

Disconforme, la empresa interpuso recurso ordinario, el cual fue desestimado por la dirección Provincial de Lleida de la Tesorería General de la Seguridad Social, en resolución de 27 de septiembre de 1996, objeto hoy de pretensión anulatoria que Cortefiel, S.A. deduce en...

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