El recargo de prestaciones por incumplimiento de medidas de prevención en Aurelio Desdentado. Las sentencias sobre pensiones europeas del magistrado Aurelio Desdentado

AutorJosé Luis Monereo Pérez
CargoCatedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social Universidad de Granada Presidente de la Asociación Española de Salud y Seguridad Social (AESSS)
Páginas139-157
Revista de Derecho de la Seguridad Social. Laborum nº Extraordinario (2021)
Selección de Sentencias ISSN: 2386-7191 ISSNe: 2387-0370
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El recargo de prestaciones por incumplimiento de medidas de
prevención en Aurelio Desdentado. Las sentencias sobre pensiones
europeas del magistrado Aurelio Desdentado
1
The surcharge of benefits for non-compliance with prevention
measures in Aurelio Desdentado. The rulings on European pensions
of the magistrate Aurelio Desdentado
JOSÉ LUIS MONEREO PÉREZ
Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social
Universidad de Granada
Presidente de la Asociación Española de Salud y Seguridad Social (AESSS)
https://orcid.org/0000-0002-0230-6615
Cita sugerida: MONEREO PÉREZ, J.L.. "El recargo de prestaciones por incumplimiento de medidas de
prevención en Aurelio Desdentado. Las sentencias sobre pensiones europeas del magistrado
Aurelio Desdentado". Revista de Derecho de la Seguridad Social, Laborum. Extraordinario 2021:
139-157.
Resumen
Abstract
En lo que concierte al Recargo de Prestaciones, hay que
tener en cuenta y evitar incurrir en la tentación de
fusionarlos indiferenciadamente los planos científico
jurídico y académico y su brillante labor como Magistrado
del Tribunal Supremo. En el plano científico jurídico el
enfoque de Aurelio Desdentado se inserta en el núcleo de
la gran controversia doctrinal sobre la naturaleza y función
del recargo.
As far as the Benefit Surcharge is concerned, one must
take into account - and avoid the temptation to merge
them indifferently - the scientific, legal and academic
planes and his brilliant work as a Supreme Court
Magistrate. On the legal scientific plane, the approach of
Aurelio Desdentado is inserted in the nucleus of the great
doctrinal controversy about the nature and function of the
surcharge.
Palabras clave
Keywords
Derecho sancionador; Derecho de daños; Recargo de
prestaciones; Responsabilidad empresarial por riesgos
profesionales
Punitive law; Right of damages; Surcharge of benefits;
Business liability for professional risks
1. INTRODUCCIÓN
“El sistema español [de Segu ridad Social]debe ser objeto de una reforma profunda y
radical que modifique sus funciones de sustitución y compensación, si realmente se
desea que este sistema sirva a los objetivos de justicia e igualdad en la distribución
de la renta, es decir, a los objetivos de progreso social en una sociedad democrática”
AURELIO DESDENTADO BONETE
2
Aurelio Desdentado Bonete (Elche, 29 de marzo de 1944-Madrid, 19 de marzo de 2021)
fue, sin la menor sobra de duda, un gran jurista y un hombre de cultura jurídica
3
. Esto explica
1
Agradezco a Carlos García de Cortázar, vicepresidente de AESSS, haber leído el original y aportado sugerencias
de gran valor para el alcance del texto.
2
DESDENTADO BONETE, A.:“El s istema españ ol de Seguridad Social ante la crisis. An álisis instit ucional”, en
DESDENTADO BONETE, A., CRUZ ROCHE, I. y RODRÍGUEZ CABRER O, G.: Política social y crisis económica.
Aproximación a la experiencia española, Madrid, Siglo Veintiuno de España editores , 1985, págs. 173 y sigs.,
en particular pá g. 213.
3
Paradigmáticamente, DESDENTADO BONETE, A.: “La nostalgia del sistema: r eflexiones sobre el Derecho de la
Seguridad Social en una é poca de crisis. A propósito del “Código de la P rotección Social”, en Relaciones
laborales, núm. 1 (1996; 1996-I), págs. 473-486; DESDENTADO BONETE, A.: “Un sistema en busca de su
(…)
Revista de Derecho de la Seguridad Social. LABORUM Extraordinario 2021
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su extraordinaria trayectoria como investigador y como Magistrado del Tribunal Supremo. Su
dominio intelectual del Derecho Social en su conjunto fue amplísimo, aunque cabría destacar
su condición de referente do ctrinal en materia de Seguridad Social, donde sus aportaciones son
especialmente brillantes
4
. De La Villa y Desdentado, nos decían en 1977-1979, “en cuanto idea
programa, la seguridad social se presenta co mo un mecanismo público para la protección de las
necesidades sociales del hombres, abstracción que lleva necesariamente a que la seguridad
social o compendie los mecanismos públicos tradicionales de protección social, o los integre
superando sus contornos históricos y funcionales […]. Desde una perspectiva suficientemente
empírica, la seguridad social aparece como un momento todavía inestable y difuso de la
evolución de las téc nicas de cobertura de los riesgos sociales; co mo una organización
financiera destinada a garantizar a sus beneficios la protección contra determinadas
contingencias mediante unos recursos económicos, en su mayor parte, de gravámenes
contributivos sobre los mismos beneficiarios y otras perso nas relacionadas con ellos. Respecto
a la fase anterior de evolución seg uros sociales, o previsión social obligatoria la seguridad
social actual implica ciertas innovaciones que pueden referir se a una tendencia a la
“globalización” bien respecto de las personas o de las situaciones objetivas protegibles. Pero la
estructura funcional de la institución sigue siendo la misma; la relación jurídica de
aseguramiento como núcleo determinante de unas obligaciones recíprocas de contribución
económica y de prestación”
5
.
Esta concepción adap tada lógicamente al desar rollo normativo expansivo de la
Seguridad Social en cada fase histórica se mantiene en Aurelio Desde ntado en sus aspectos
fundamentales.
2. EL R ECARGO DE PRES TACIONES EN LA INTERPRETACIÓN DEL AURELIO
DESDENTADO
“Ante todo, el derecho positivo debe continuar siendo una cosa viva. Ahora bien;
vivir es moverse y transformarse. Para el derecho es más aún: es luchar con el ánimo
puesto en una perfecta y constante adaptación a las exigencias de la vida social[…].
De esta manera solamente, el Derecho puede seguir siendo director del movimiento
que debe incesantemente dirigir”.
identidad: notas para una aproximac ión histórica a la crisis de la Seguridad Social española”, en Civ itas.
Revista española de Derecho del Trabajo, núm. 139 (2008), págs. 491-521; DESDENTADO BONETE, A.: “El
traje n uevo del e mperador”. Sobre la legislación s imbólica en el Estatuto del Trabajo Au tónomo”, en Revis ta
de Derecho Social, núm.44 (2008), págs. 13-35 .
4
Debe citarse el clásico Manual de Seguridad Social, realizado en coautoría con Luis Enrique de la Villa, que ha
sido un material básico en la formación de varias generaciones de juristas del trabajo y de la Seguridad Social. Cfr.
DE LA VILLA, L.E. y DESDENTADO BONETE, A.: Manual de Seguridad Social, ed., (1ª ed., 1977), Pamplona,
Aranzadi, 1979, 758 páginas.
5
DE LA VILLA, L.E. y DESDENTADO BONETE, A.: Manual de Seguridad Social, ed., (1ª ed., 1977), Pamplona,
Aranzadi, 1979, págs. 24-25. Toda reflexión jurídica es tributaria de su tiempo, pues reténgase que, ciertamente, la
introducción sistemática de las prestaciones no contributivas en el Sistema español de Seguridad Social no se
produce hasta 1990, completándose, así, el programa normativo diseñado en el art. 41 CE. Algunas ideas fuerza de
nuevas concepciones de la Seguridad Social aparecerían en PEREDA MATEOS, A. y DESDENT ADO BONETE, A.:
Texto Refundido, Madrid, Servicio de Publicaciones del Ministerio de Trabajo, 1974, págs. 17-100. Por entonces
Aurelio Desdentado tenía la condición de Técnico de la Administración Civil del Estado y Asesor de la Dirección
General de la Seguridad Social. Como se sabe, por su p arte, Alberto Pereda Mateos, era Inspector Técnico de
Trabajo y Profesor de Seguridad Social en la Escuela Social de Madrid.

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