ORDEN ITC/2759/2005, de 2 de agosto, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a fomentar la cooperación estable público-privada en investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), en áreas de importancia estratégica para la economía, mediante la creación de consorcios estratégicos nacionales de investigación técnica (Programa Cenit).

Fecha de Entrada en Vigor 2 de Septiembre de 2005
MarginalBOE-A-2005-14800
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Industria, Turismo y Comercio
Rango de LeyOrden

ORDEN ITC/2759/2005, de 2 de agosto, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a fomentar la cooperación estable público-privada en investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), en áreas de importancia estratégica para la economÃa, mediante la creación de consorcios estratégicos nacionales de investigación técnica (Programa Cenit).

La concentración de los recursos públicos de investigación, desarrollo e innovación (I+D+i) en áreas u objetivos estratégicos es una preocupación compartida por varios Estados de nuestro entorno. En estos Estados la focalización se ha implementado a través de un fondo presupuestario especÃfico que se nutre de incrementos presupuestarios. De esta forma, por una parte, siguen en marcha los programas existentes y, por otra, se logra una focalización gradual, asignando una parte sustancial de los incrementos a las áreas y polÃticas estratégicas.

Además, en los paÃses más desarrollados, la mejora de los incentivos y los instrumentos para la colaboración público-privada se ha convertido en el objetivo principal de la polÃtica de innovación. Sin embargo, como la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) señala, en España ésta es una de las facetas de la polÃtica cientÃfica y tecnológica que necesita un impulso.

Hasta ahora en España, las principales iniciativas de financiación de la cooperación público-privada en I+D+i, los proyectos concertados y, más recientemente, los consorcios de TecnologÃas de la Información y la Comunicación (TIC), han abordado la financiación de proyectos de I+D especÃficos de corta duración (2-3 años) con colaboración entre empresas y centros públicos y con financiación basada en gran medida en créditos. Estas caracterÃsticas han venido propiciando investigaciones de bajo riesgo comercial y aportación limitada de recursos privados.

El reciente informe de la OCDE sobre la polÃtica de ciencia y tecnologÃa en España subraya tres asuntos:

  1. Uno de los principales retos del sistema nacional es desarrollar la cooperación público-privada, b) La capacidad de los actuales instrumentos para mejorar la cooperación es limitada, y c) El sistema español de innovación ha alcanzado una sofisticación suficiente para permitir abordar iniciativas que estimulen organizaciones colaboradoras de investigación fÃsicas o virtuales, con autonomÃa de gestión para desarrollar lÃneas de investigación en áreas de importancia estratégica para la economÃa española.

    De lo anterior se deduce la conveniencia de desarrollar consorcios publico-privados más duraderos y ambiciosos que aborden lÃneas temáticas de investigación de larga duración, con un mayor riesgo comercial y un mayor tamaño. Todo ello con una contribución significativa de recursos privados y, acorde con el mayor riesgo comercial, un peso sustancial de subvenciones frente a créditos en la ayuda pública.

    En el ámbito del apoyo a la I+D+i el Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial (CDTI) tiene una larga trayectoria y experiencia en la gestión de ayudas financieras propias y en la promoción del acceso a la financiación de terceros, para la realización de proyectos de investigación, desarrollo e innovación, tanto nacionales como internacionales.

    Entre sus funciones, reguladas en el artÃculo 3.º de su Reglamento, aprobado por Real Decreto 1406/1986, de 6 de junio, se encuentra la de «promover la colaboración entre la industria y las instituciones y organismos de investigación y desarrollo tecnológico» (apartado 2.º), asà como la de «desarrollar un programa de gestión de apoyo a la innovación tecnológica» (apartado 7.º). Estas competencias de promoción y apoyo legitiman al CDTI para conceder ayudas o subvenciones, siendo ésta la expresión de una de las formas de actuación administrativa cual es la actividad de fomento.

    En esta lÃnea se ha previsto que, en los Presupuestos Generales del Estado para el año 2006 y siguientes, se consigne la correspondiente partida presupuestarÃa a favor del CDTI para la financiación del Programa CENIT, destinado a financiar determinadas actuaciones estratégicas, centradas en estimular la colaboración estable público-privada en innovación.

    Se considera que el CDTI es el organismo público idóneo para la gestión de este nuevo tipo de ayudas, que se prevé conceder en forma de subvenciones y, que bajo la denominación de programa CENIT, van dirigidas a financiar grandes proyectos integrados de investigación industrial de carácter estratégico, gran dimensión y largo alcance cientÃfico-técnico, orientados a una investigación planificada en áreas tecnológicas de futuro y con potencial proyección internacional, cuyo objeto sea la generación de nuevos conocimientos que puedan resultar de utilidad para la creación de nuevos productos, procesos o servicios o para la integración de tecnologÃas de interés estratégico, contribuyendo de esta manera a un mejor posicionamiento tecnológico del tejido productivo español. De dicha definición se deriva la necesidad de contar para su ejecución con numerosos recursos materiales y humanos procedentes de diversas disciplinas cientÃfico-técnicas tanto del ámbito público como del privado.

    Estas áreas tecnológicas han sido seleccionadas en función de la capacidad cientÃfica existente en España y de la importancia de esta tecnologÃa para nuestra economÃa, correspondiéndose, en buena medida, con las prioridades que han marcado las ayudas a la realización de proyectos de I+D+i en los últimos años y con las áreas prioritarias del próximo Programa Marco Europeo.

    En cumplimiento del apartado 1 del artÃculo 17 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se ha evacuado el preceptivo informe de los Servicios JurÃdicos y de la Intervención Delegada correspondiente.

    En su virtud, dispongo:

    Primero. Objeto.

    1. La presente orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a financiar la cooperación estable público-privada en investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), en áreas de importancia estratégica para la economÃa, mediante la creación de consorcios estratégicos nacionales de investigación técnica (Programa CENIT).

    2. Con carácter general, constituyen las metas de las actuaciones susceptibles de beneficiarse de las subvenciones, cuyas bases se aprueban por esta orden, las siguientes:

  2. Extender y optimizar el uso conjunto, por parte de empresas, Organismos Públicos de Investigación (OPIs) y Centros de Innovación y TecnologÃa (CITs), de las infraestructuras públicas y privadas de investigación existentes en España.

  3. Impulsar un acceso más eficiente de los consorcios participantes a los programas internacionales de cooperación en investigación cientÃfica y desarrollo tecnológico, y en particular al Programa Marco Comunitario de I+D.

  4. Favorecer la realización de grandes proyectos estratégicos de investigación industrial que incrementen la capacidad cientÃfico-tecnológica de las empresas y los grupos de investigación nacionales.

  5. Extender la cultura de la cooperación en investigación y desarrollo tecnológico entre todos los agentes del sistema ciencia-tecnologÃa-empresa.

  6. Movilizar una mayor participación de las pequeñas y medianas empresas (PYMES) en proyectos de investigación industrial de gran envergadura.

  7. Fomentar la realización de actividades concurrentes de investigación industrial de carácter multidisciplinar dirigidas hacia un objetivo común mediante estrategias de complementariedad y sinergia.

    1. Los objetivos especÃficos del Programa CENIT estarán enmarcados en las prioridades temáticas del Plan Nacional de I+D+i para cada una de las áreas fijadas como prioritarias en el siguiente apartado.

      Segundo. Actividades y áreas temáticas subvencionables.

    2. Las subvenciones objeto de esta orden se dirigirán a la financiación de grandes proyectos integrados de investigación industrial de carácter estratégico, gran dimensión y largo alcance cientÃfico-técnico. Tales proyectos deberán estar orientados a una investigación planificada en áreas tecnológicas de futuro y tener por objeto la generación de nuevos conocimientos que puedan resultar de utilidad para la creación de nuevos productos, procesos o servicios o para la integración de tecnologÃas de interés estratégico, contribuyendo de esta manera a un mejor posicionamiento tecnológico del tejido productivo español.

      A los efectos de esta orden, por investigación industrial se entiende la investigación planificada o estudios crÃticos cuyo objeto es la adquisición de nuevos conocimientos que puedan resultar de utilidad para la creación de nuevos productos, procesos o servicios o contribuir a mejorar considerablemente los productos, procesos o servicios existentes.

    3. Con independencia de la posible aprobación de propuestas de especial interés en otras áreas, serán prioritarias las siguientes áreas temáticas:

  8. Biomedicina y Ciencias de la Salud (incluyendo BiotecnologÃa).

  9. TecnologÃas Alimentarias (incluyendo BiotecnologÃa).

  10. TecnologÃas de la...

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