Real Decreto 3068/2000, de 1 de diciembre, por el que se indulta a don Francisco Axpe Ezpeleta.

MarginalBOE-A-2001-449
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Justicia
Rango de LeyReal Decreto
702 Viernes 5 enero 2001 BOE núm. 5
III. Otras disposiciones
MINISTERIO DE JUSTICIA
se indulta a don Ibon Arregui Zubimendi.
Visto el expediente de indulto de don Ibon Arregui Zubimendi, con
los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado
por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de San Sebastián, en
sentencia de fecha 22 de mayo de 1998, como autor de un delito contra
el deber de cumplimiento del servicio militar obligatorio, a la pena de
seis meses de prisión y diez años de inhabilitación absoluta, con las acce-
sorias legales, por hechos cometidos en el año 1994, a propuesta del Minis-
tro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión
del día 1 de diciembre de 2000,
Vengo en conmutar a don Ibon Arregui Zubimendi la pena privativa
de libertad e inhabilitación impuestas por otra de cuatro años de inha-
bilitación especial para el desempeño de cualquier empleo o cargo al ser-
vicio de la Administración, a condición de que no vuelva a cometer delito
doloso durante el tiempo de normal cumplimiento de la condena.
Dado en Madrida1dediciembre de 2000.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
ÁNGEL ACEBES PANIAGUA
se indulta a don Aitor Arrieta Zuazolacigorraga.
Visto el expediente de indulto de don Aitor Arrieta Zuazolacigorraga,
con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, incoado
en virtud de exposición elevada al Gobierno al amparo de lo establecido
en el artículo 4, apartado tercero del Código Penal, por la Sección Segunda
de la Audiencia Provincial de San Sebastián, que, en sentencia de fecha
15 de junio de 1998, le condenó, como autor de un delito de negativa
a la prestación del servicio militar, a la pena de seis meses de prisión
e inhabilitación absoluta por un tiempo de diez años, con las accesorias
legales, por hechos cometidos en el año 1996, a propuesta del Ministro
de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión
del día 1 de diciembre de 2000,
Vengo en conmutar a don Aitor Arrieta Zuazolacigorraga la pena pri-
vativa de libertad e inhabilitación impuestas por otra de cuatro años de
inhabilitación especial para el desempeño de cualquier empleo o cargo
al servicio de la Administración, a condición de que no vuelva a cometer
delito doloso durante el tiempo de normal cumplimiento de la condena.
Dado en Madrida1dediciembre de 2000.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
ÁNGEL ACEBES PANIAGUA
se indulta a don Iñaki Artola Blanco.
Visto el expediente de indulto de don Iñaki Artola Blanco, con los
informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, incoado en
virtud de exposición elevada al Gobierno al amparo de lo establecido en
el artículo 4, apartado tercero, del Código Penal, por la Sección Segunda
de la Audiencia Provincial de San Sebastián, que, en sentencia de fecha 21
de mayo de 1998, le condenó, como autor de un delito de rehúse al cum-
plimiento del servicio militar, a la pena de seis meses de prisión e inha-
bilitación absoluta por tiempo de diez años, por hechos cometidos en el
año 1996, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del
Consejo de Ministros en su reunión del día 1 de diciembre de 2000,
Vengo en conmutar a don Iñaki Artola Blanco la pena privativa de
libertad e inhabilitación impuestas por otra de cuatro años de inhabi-
litación especial para el desempeño de cualquier empleo o cargo al servicio
de la Administración, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso
durante el tiempo de normal cumplimiento de la condena.
Dado en Madrida1dediciembre de 2000.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
ÁNGEL ACEBES PANIAGUA
se indulta a don Igor Enrique Astigarraga Gárate.
Visto el expediente de indulto de don Igor Enrique Astigarraga Gárate,
con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, con-
denado por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de San Sebastián,
en sentencia de fecha 3 de julio de 1998, como autor de un delito contra
el deber de cumplimiento del servicio militar obligatorio, a la pena de
seis meses de prisión y diez años de inhabilitación absoluta, con las acce-
sorias legales, por hechos cometidos en el año 1996, a propuesta del Minis-
tro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión
del día 1 de diciembre de 2000,
Vengo en conmutar a don Igor Enrique Astigarraga Gárate, la pena
privativa de libertad e inhabilitación impuestas por otra de cuatro años
de inhabilitación especial para el desempeño de cualquier empleo o cargo
al servicio de la Administración, a condición de que no vuelva a cometer
delito doloso durante el tiempo de normal cumplimiento de la condena.
Dado en Madrida1dediciembre de 2000.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
ÁNGEL ACEBES PANIAGUA
449 REAL DECRETO 3068/2000, de 1 de diciembre, por el que
se indulta a don Francisco Axpe Ezpeleta.
Visto el expediente de indulto de don Francisco Axpe Ezpeleta, con
los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado
por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de San Sebastián, en
sentencia de fecha 19 de junio de 1998, como autor de un delito contra
el deber de cumplimiento del servicio militar obligatorio, a la pena de
seis meses de prisión y diez años de inhabilitación absoluta, con las acce-
BOE núm. 5 Viernes 5 enero 2001 703
sorias legales, por hechos cometidos en el año 1996, a propuesta del Minis-
tro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión
del día 1 de diciembre de 2000,
Vengo en conmutar a don Francisco Axpe Ezpeleta la pena privativa
de libertad e inhabilitación impuestas por otra de cuatro años de inha-
bilitación especial para el desempeño de cualquier empleo o cargo al ser-
vicio de la Administración, a condición de que no vuelva a cometer delito
doloso durante el tiempo de normal cumplimiento de la condena.
Dado en Madrida1dediciembre de 2000.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
ÁNGEL ACEBES PANIAGUA
450 REAL DECRETO 3069/2000, de 1 de diciembre, por el que
se indulta a don José Ignacio Barrena Elizondo.
Visto el expediente de indulto de don José Ignacio Barrena Elizondo,
con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, con-
denado por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Guipúzcoa,
en sentencia de fecha 3 de junio de 1998, como autor de un delito contra
el deber de cumplimiento del servicio militar, a la pena de seis meses
de prisión e inhabilitación absoluta por diez años, con las accesorias de
suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo
de la condena, por hechos cometidos en el año 1995, a propuesta del
Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en
su reunión del día 1 de diciembre de 2000,
Vengo en conmutar a don José Ignacio Barrena Elizondo la pena pri-
vativa de libertad e inhabilitación impuestas por otra de cuatro años de
inhabilitación especial para el desempeño de cualquier empleo o cargo
al servicio de la Administración, a condición de que no vuelva a cometer
delito doloso durante el tiempo de normal cumplimiento de la condena.
Dado en Madrida1dediciembre de 2000.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
ÁNGEL ACEBES PANIAGUA
451 REAL DECRETO 3070/2000, de 1 de diciembre, por el que
se indulta a don Iker Basurko Urkiza.
Visto el expediente de indulto de don Iker Basurko Urkiza, con los
informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por
la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Guipúzcoa, en sentencia
de fecha 27 de mayo de 1998, como autor de un delito de rehúse del
cumplimiento del servicio militar, a la pena de seis meses de prisión e
inhabilitación absoluta por un tiempo de diez años, por hechos cometidos
en el año 1995, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación
del Consejo de Ministros en su reunión del día 1 de diciembre de 2000,
Vengo en conmutar a don Iker Basurko Urkiza la pena privativa de
libertad e inhabilitación impuestas por otra de cuatro años de inhabi-
litación especial para el desempeño de cualquier empleo o cargo al servicio
de la Administración, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso
durante el tiempo de normal cumplimiento de la condena.
Dado en Madrida1dediciembre de 2000.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
ÁNGEL ACEBES PANIAGUA
452 REAL DECRETO 3071/2000, de 1 de diciembre, por el que
se indulta a don Jon Beloki Iceta.
Visto el expediente de indulto de don Jon Beloki Iceta, con los informes
del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por la Sección
Segunda de la Audiencia Provincial de Guipúzcoa, en sentencia de fecha 3
de julio de 1997, como autor de un delito de rehúse al cumplimiento del
servicio militar, a la pena de seis meses de prisión e inhabilitación absoluta
por un tiempo de diez años, por hechos cometidos en el año 1994, a pro-
puesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Minis-
tros en su reunión del día 1 de diciembre de 2000,
Vengo en conmutar a don Jon Beloki Iceta la pena privativa de libertad
e inhabilitación impuestas por otra de cuatro años de inhabilitación espe-
cial para el desempeño de cualquier empleo o cargo al servicio de la Admi-
nistración, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso durante
el tiempo de normal cumplimiento de la condena.
Dado en Madrida1dediciembre de 2000.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
ÁNGEL ACEBES PANIAGUA
MINISTERIO DE HACIENDA
453 RESOLUCIÓN de 26 de diciembre de 2000, de la Secretaría
de Estado de Hacienda, por la que se adjudican once becas
de formación de personal investigador convocadas por
Resolución de 7 de noviembre de 2000.
Valoradas las candidaturas presentadas, de acuerdo con lo establecido
en la norma décima de la convocatoria y una vez elevadas las candidaturas
por el Comité de Selección, la Dirección del Instituto de Estudios Fiscales
por las competencias atribuidas mediante Resolución de 29 de julio de 1997
de la Secretaría de Estado de Hacienda, ha acordado la adjudicación defi-
nitiva de las citadas becas a los solicitantes que figuran en el anexo de
esta Resolución. Asimismo, figuran en dicho anexo los candidatos selec-
cionados como suplentes, en caso de renuncia de algún titular.
La presente Resolución pone fin a la vía administrativa y contra ella
sólo cabe recurso contencioso-administrativo, que se tramitará conforme
a lo dispuesto en la Ley Reguladora de dicha Jurisdicción.
Madrid, 26 de diciembre de 2000.—El Secretario de Estado, P. D. (29
de julio de 1997), el Director general del Instituto de Estudios Fiscales,
Juan José Rubio Guerrero.
ANEXO
Becas 2001
Subdirección General de Estudios Tributarios
Titulares:
Varela Irimia, José Luis.
Cruz Triguero, Cristina.
Suplentes:
Pedraza García, Pablo de.
Egea Zerolo, Ricardo.
Subdirección General de Estudios del Gasto Público
Titulares:
Artes Caselles, Joaquín.
Cordero Ferrera, José Manuel.
Suplentes:
Cuevas Peris, María.
López de Silanes de Miguel, María Teresa.
Área de Estadística
Titulares:
Sánchez-Campins Gallego, José Ignacio.
Rey Mejías, Concepción.
Suplente:
Cuevas Peris, María.

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