Real Decreto 472/1996, de 8 de Marzo, por el Que Se Indulta a Don Jose Luis Perez Casamayor.

MarginalBOE-A-1996-7274
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Justicia e Interior
Rango de LeyReal Decreto

Visto el expediente de indulto de don José Luis Pérez Casamayor, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por el Juzgado de lo Penal número 2 de Madrid, en sentencia de fecha 1 de febrero de 1991, como autor de un delito de robo con intimidación, a la pena de cuatro años, dos meses y un día de prisión menor, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos el 31 de agosto de 1989, a propuesta del Ministro de Justicia e Interior y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 8 de marzo de 1996,

Vengo en conmutar a don José Luis Pérez Casamayor la pena privativa de libertad impuesta, por otra de un año de prisión menor, a condición de que no vuelva a cometer delito durante el tiempo de normal cumplimiento de la condena.

Dado en Madrid a 8 de marzo de 1996.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia e Interior,

JUAN ALBERTO BELLOCH JULBE

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