Real Decreto 483/2020, de 7 de abril, por el que se modifica el Real Decreto 735/2019, de 20 de diciembre, por el que se regula la concesión directa de una subvención a la Comunidad Autónoma de Canarias para la financiación del funcionamiento de plantas potabilizadoras de agua situadas en su territorio.

MarginalBOE-A-2020-4668
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Rango de LeyReal Decreto

El artículo 4, apartado 4, del Real Decreto 735/2019, de 20 de diciembre, por el que se regula la concesión directa de una subvención a la Comunidad Autónoma de Canarias para la financiación del funcionamiento de plantas potabilizadoras de agua situadas en su territorio, establece un periodo de vigencia de las actuaciones que van a ser objeto de subvención. En concreto se establece que «serán financiables con cargo a la aportación prevista en este real decreto las actuaciones previstas que se desarrollen entre el 1 de enero de 2020 y el 31 de diciembre de 2020».

Sin embargo, la anterior convocatoria para estas mismas ayudas, realizada mediante Resolución de 18 de septiembre de 2018, de la Subsecretaria de Industria, Comercio y Turismo, por la que se convocan subvenciones a las plantas potabilizadoras para desalación de agua de mar en las Islas Canarias (BOE de 1 de octubre de 2018), estableció en su apartado segundo que «las actuaciones a subvencionar por esta convocatoria deben haberse realizado en el periodo comprendido entre el 1 de julio de 2017 y el 30 de junio de 2018, ambos inclusive».

Como consecuencia de ello, han quedado sin ser objeto de ayudas las actuaciones que se hayan realizado entre el 1 de julio de 2018 y el 30 de junio de 2019, siendo esta la secuencia que debió seguir el Real Decreto 735/2019, de 20 de diciembre, una vez consideradas las anteriores convocatorias.

En consecuencia, advertido el error en el artículo 4 del Real Decreto 735/2019, de 20 de diciembre, por el que se regula la concesión directa de una subvención a la Comunidad Autónoma de Canarias para la financiación del funcionamiento de plantas potabilizadoras de agua situadas en su territorio, en relación con periodo de vigencia de las actuaciones objeto de subvención, procede ahora su corrección con el fin de incluir entre las actuaciones subvencionables todas aquellas que se hayan realizado entre el 1 de julio de 2018 y el 30 de junio de 2019.

En la redacción de este proyecto se ha dado audiencia a la Comunidad Autónoma de Canarias.

En su virtud, a propuesta de la Vicepresidenta Cuarta del Gobierno y Ministra para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, con el informe del Ministerio de Hacienda, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 7 de abril de 2020,

DISPONGO:

Artículo único  Modificación del Real Decreto 735/2019, de 20 de diciembre, por el que se regula la concesión directa de una subvención a la Comunidad Autónoma de Canarias para la financiación del funcionamiento de plantas potabilizadoras de agua situadas en su territorio.

El artículo 4, apartado 4, del Real Decreto 735/2019, de 20 de diciembre, por el que se regula la concesión directa de una subvención a la Comunidad Autónoma de Canarias para la financiación del funcionamiento de plantas potabilizadoras de agua situadas en su territorio, queda redactado de la siguiente manera:

4. Serán financiables con cargo a la aportación prevista en este real decreto las actuaciones previstas que se desarrollen entre el 1 de julio de 2018 y el 30 de junio de 2019.

Disposición final única  Entrada en vigor.

El presente real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Dado en Madrid, el 7 de abril de 2020.

FELIPE R.

La Vicepresidenta Cuarta del Gobierno

TERESA RIBERA RODRÍGUEZ

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