Real Decreto 725/1980, de 21 de Marzo, por el que se crea la Oficina presupuestaria del Ministerio de Cultura.

MarginalBOE-A-1980-8532
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Educacion, Cultura y Deporte
Rango de LeyReal Decreto

La disposicion final primera del Real Decreto dos mil ochocientos cincuenta y cinco/mil novecientos setenta y nueve, de veintiuno de diciembre, por el que se crean oficinas presupuestarias en todos los Ministerios, establece que cada Departamento ministerial procedera a dictar o proponer, en el plazo de dos meses, las normas precisas para la organizacion de la correspondiente Oficina Presupuestaria, refundiendo en ella los servicios ya establecidos para la atencion de las mismas funciones. En su virtud, a propuesta del Ministro de Cultura, con la aprobacion de la Presidencia del Gobierno, el informe del Ministerio de Hacienda y previa deliberacion del Consejo de Ministros en su reunion del dia veintiuno de marzo de mil novecientos ochenta, dispongo:

Articulo primero Se crea, con las competencias y funciones que seÒala el Real Decreto dos mil ochocientos cincuenta y cinco/mil novecientos setenta y nueve, de veintiuno de diciembre, la oficina presupestaria del Ministerio de Cultura, con rango de Subdireccion General, dependiendo directamente de la Subsecretaria del Departamento.
Articulo segundo La oficina presupestaria estara integrada por las siguientes unidades, con nivel organico de servicios: Servicio de programacion y presupuestos y servicios de seguimiento y evaluacion.
Articulo tercero Uno

El servicio de programacion tendra como mision formular en terminos de objetivos y programas de gasto, incluso plurianuales, los planes de actuacion y proyectos de los servicios departamentales y coordinar los de los Organismos Autonomos; Desarrollar las instrucciones para la elaboracion del presupuesto que, conforme a la Ley General Presupuestaria, dicten el Gobierno , este Ministerio y El Ministerio de Hacienda, y velar por su aplicacion; Elaborar el anteproyecto de presupuesto del Departamento, coordinar la elaboracion de los presupuestos de los Organismos Autonomos y consolidarlos con el del Ministerio, asi como tramitarlos en la forma reglamentaria al Ministerio de Hacienda; Informar y tramitar las propuestas de modificaciones presupuestarias de los servicios y organismos que se produzcan en el transcurso del ejercicio; Asesorar a todos los servicios, centros y organismos en materia presupuestaria; Informar los proyectos de disposiciones y resoluciones del Departamento con repercusion sobre el gasto publico; Cualesquiera otras que el Ministro del Departamento le encomiende en relacion con el proceso de elaboracion y decision presupuestaria.

Dos. Al servicio de seguimiento y evalucacion le correspondera el seguimiento y evaluacion de los programas de gasto; Proponer la revision de programas y la consideracion de alternativas que mejoren la eficacia del gasto; Coordinar los trabajos para el calculo del coste de los Servicios del Departamento a transferir a los entes preautonomicos y Comunidades territoriales Autonomas, y Elaborar y poner en practica, en colaboracion con los servicios correspondientes metodos presupuestarios tendentes a la racionalizacion de la Gestion Economica.

Articulo cuarto La Comision presupuestaria estara formada por:

Presidente: El Subsecretario del Departamento.

Vicepresidente: El Director General de Servicios.

Vocales:

El Secretario General tecnico del Departamento.

El Director General del Patrimonio artistico, archivos y museos.

El Director General del Libro y Bibliotecas.

El Director General de musica y teatro.

El Director General de cinematografia.

El Director General de Juventud y promocion sociocultural.

El Director General del Consejo Superior de Deportes.

El Director del Organismo Autonomo "institucion San isidoro".

El Gerente del Organismo Autonomo "Patronato de casas para funcionarios del Ministerio de Cultura".

El Subdirector General-Secretario General del Organismo Autonomo "Junta coordinadora de actividades y establecimientos culturales".

El Gerente del Organismo Autonomo "Patronato de la Alhambra y generalife".

El Director del Organismo Autonomo "Patronato nacional de museos".

El Director del Organismo Autonomo "editora nacional".

El Director Gerente del Organismo Autonomo "teatros nacionales y festivales de EspaÒa".

El Director Gerente del Organismo Autonomo "orquesta y coros nacionales de EspaÒa".

El Director del Organismo Autonomo "Instituto Nacional de la Juventud".

El Director del Organismo Autonomo "Instituto Nacional del desarrollo comunitario".

El Director del Instituto Nacional del libro espaÒol.

El Interventor Delegado.

El Jefe de la asesoria economica.

Secretario: El Subdirector Jefe de la Oficina Presupuestaria del Departamento.

Disposicion final

Queda suprimida La Subdireccion General de Coordinacion de actividades e inversiones, creada por Real Decreto ciento veintinueve/mil novecientos ochenta, de dieciocho de enero, por el que se reorganiza El Ministerio de Cultura.

Dado en Madrid a veintiuno de marzo de mil novecientos ochenta.-Juan Carlos R.- El Ministro de Cultura, Ricardo de la cierva y hoces.

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