¿Puede estimarse la demanda de extinción de la relación laboral por impago de salarios cuando el contrato de trabajo ya se encontraba extinguido a la fecha del juicio oral por baja voluntaria del trabajador?

AutorvLex
Cuestión litigiosa

En el presente artículo se comenta la STS 217/2023, 22 de Marzo de 2023, en la que la Sala Cuarta del Tribunal Supremo analiza si puede estimarse la demanda de extinción de la relación laboral formulada por un trabajador al amparo del art. 50 ET, como consecuencia del impago de salarios, cuando el contrato de trabajo ya se encontraba extinguido a la fecha del juicio oral por baja voluntaria del trabajador en la empresa.

Antecedentes de hecho

Antes de entrar a abordar en profundidad la materia es necesario tener en cuenta los siguientes hechos declarados probados:

  1. - EI trabajador (demandante), ha prestado servicios para la empresa demandada, con antigüedad de 1/12/2016 y categoría profesional de director de operaciones, percibiendo una retribución anual prorrateada de 54.000,00 euros (45.000 fijo + 9.000 garantizado).

  2. - La empresa demandada adeuda al trabajador las nóminas de los meses de enero a mayo de 2018 por importe cada una de ellas de 4.166,66 euros, más 500 euros/mes del bonus y junio (15 días) de 2018 por importe de 2.083,00 euros, más 250 euros de bonus y 6.280 euros en concepto de diferencia salarial del salario garantizado correspondiente a 2017.

  3. - En fecha 15/03/2018 el trabajador contrató un préstamo con una entidad bancaria.

  4. - En fecha 15/06/2018 el trabajador causó baja voluntaria en la empresa demandada.

  5. - EI 09/04/2018 se presentó papeleta de conciliación ante el SMAC, celebrándose el preceptivo acto previo el 25/04/2018, con el resultado de sin avenencia.

Sentenca del Juzgado de lo Social

En base a los hechos declarados probados referenciados en el apartado anterior, el Juzgado de lo Social nº 2 de Madrid dictó sentencia en la que declaraba:

"Que ESTIMANDO en parte la demanda interpuesta por don Pablo Jesús , contra la empresa ROBOTICS CONSULTING, S.L., DEBO CONDENAR Y CONDENO a la demandada la empresa ROBOTICS CONSULTING, S.L. la abonar a don Pablo Jesús cantidad de treinta y un mil novecientos cuarenta y seis euros con tres céntimos (31.946,3 €) más el 10% de interés por mora, absolviendo a la demandada de las demás pretensiones formuladas en la demanda".

Es decir, la sentencia del Juzgado de lo Social acoge la demanda en lo que se refiere a la reclamación de salarios adeudados por la empresa, pero rechaza la acción extintiva, porque la relación laboral no se encontraba vigente cuando se dictó la sentencia, ya que había sido previamente extinguida por decisión del propio trabajador.

Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid

La citada sentencia fue recurrida en suplicación por el trabajador ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, la cual dictó sentencia con la siguiente parte dispositiva:

"Que desestimando el recurso de suplicación interpuesto por D. Pablo Jesús contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 2 de los de MADRID, de fecha TREINTA DE AGOSTO DE DOS MIL DIECIOCHO, en virtud de demanda formulada por D. Pablo Jesús contra ROBOTICS CONSULTING S.L.,...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR