SAP Jaén 12/2007, 26 de Enero de 2007
Ponente | JOSE CALIZ COVALEDA |
ECLI | ES:APJ:2007:53 |
Número de Recurso | 16/2007 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 12/2007 |
Fecha de Resolución | 26 de Enero de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Jaén, Sección 3ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL DE JAÉN
SECCIÓN TERCERA
S E N T E N C I A Núm. 12/07
Iltmos. Sres.:
Presidente
D. JOSÉ CÁLIZ COVALEDA
Magistrados
Dª. LOURDES MOLINA ROMERO
D. JESÚS MARÍA PASSOLAS MORALES
En la Ciudad de Jaén, a veintiséis de enero de dos mil siete.-
Vistos en grado de Apelación, por la Sección Tercera de esta Audiencia Provincial, los Autos de Juicio de Procedimiento Ordinario, seguidos en Primera Instancia con el núm. 379/05, por el Juzgado de Primera Instancia Número Uno de Linares, Rollo de Apelación de esta Audiencia núm. 16/07, a instancia de D. Paulino y D. Claudio, representados en la instancia por el Procurador de los Tribunales Sra. Patón Fernández, y en ésta por el Procurador de los Tribunales Sr. Del Balzo Parra, y defendidos por la Letrado Sra. Fernández Rojas, contra D. Carlos Francisco y D. Íñigo, representados en la instancia por la Procuradora de los Tribunales Sra. Prieto Meléndez, y en esta instancia por la Procuradora Sra. Ortega Espinosa, y defendidos por el Letrado Sr. Moraleda Pérez.
ACEPTANDO los Antecedentes de Hecho de la Sentencia Apelada, dictada por el Juzgado de Primera Instancia Número Uno de Linares, con fecha 9 de Junio de 2006.
Por dicho Juzgado y en la fecha indicada se dictó Sentencia que contiene el siguiente Fallo: "Que estimando la demanda interpuesta por el Procurador de los Tribunales Doña Consolación Patón Hernández, actuando en nombre y representación de DON Paulino Y DON Claudio, contra D. Carlos Francisco Y D. Íñigo, representados por la procuradora Doña Susana Prieto Melendrez, debo condenar y condeno a los referidos demandados a que solidariamente abonen:
-
- a D. Claudio, la cantidad de 34.817,06 Euros, más los intereses legales que correspondan.
-
- a D. Paulino la cantidad de 36.267,05 Euros, más los intereses legales que correspondan.
Todo ello condenando al pago de las costas causadas en esta instancia a los demandados ".
Contra dicha Sentencia se preparó e interpuso por D. Carlos Francisco y D. Íñigo, en tiempo y forma, Recurso de Apelación, que fue admitido en ambos efectos por el Juzgado de Primera Instancia Número Uno de Linares, presentando para ello escrito de alegaciones en el que basa su Recurso.
Dado traslado a las demás partes del escrito de Apelación, se presentó escrito de oposición por D. Paulino y D. Claudio ; remitiéndose por el Juzgado las actuaciones a esta Audiencia, turnadas que fueron, correspondieron a ésta Sección, en la que se formó el Rollo correspondiente, y al no haberse practicado prueba, ni celebrado vista se declararon conclusas las actuaciones para dictar la Resolución procedente.
Se señaló para deliberación, votación y fallo del presente Recurso el día referido en los Autos, en que efectivamente tuvo lugar.
En la tramitación de este Recurso se han observado las formalidades legales.
Siendo Ponente el Magistrado Iltmo. Sr. D. JOSÉ CÁLIZ COVALEDA, que expresa el parecer de la Sala.
ACEPTANDO los Fundamentos de Derecho de la Resolución impugnada.
Se alega por la parte apelante como primer motivo del recurso, la previa declaración de nulidad de actuaciones al amparo de los artículos 238 y 240 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en relación con los artículos 147, 187 y 225 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y con el artículo 24 de la Constitución Española, fundándolo en que no ha llegado a quedar recogida el Acta del Juicio en el CD todas las pruebas propuestas, admitidas y...
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