SAP Zaragoza 304/2007, 20 de Septiembre de 2007

PonenteANTONIO ELOY LOPEZ MILLAN
ECLIES:APZ:2007:1667
Número de Recurso172/2007
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución304/2007
Fecha de Resolución20 de Septiembre de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Zaragoza, Sección 1ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

ZARAGOZA

SENTENCIA: 00304/2007

SENTENCIA NÚM. 304 /2007

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

ILMOS. SEÑORES

PRESIDENTE

D. RUBÉN BLASCO OBEDÉ

MAGISTRADOS

D. ANTONIO ELOY LÓPEZ MILLÁN

D. FCO JAVIER CANTERO ARÍZTEGUI

Dª Mª ANGELES PARRA LUCAN

En Zaragoza, a veinte de Septiembre de dos mil siete

La Sección Primera de la Audiencia Provincial, constituida por los Ilmos. Señores que al margen se expresan, ha visto en grado de apelación las Diligencias núm. 447/06, procedentes del Juzgado de lo Penal número CINCO de Zaragoza, Rollo núm. 172/07, seguidas por delito de provocación sexual contra Simón, con N.I.E. nº NUM000, nacido el 23-11-1978, hijo de Jaime y de Filomena, natural de Ecuador, domiciliado en la CALLE000 nº NUM001, escalera NUM002, NUM003 NUM004 de Zaragoza, de estado no consta, de profesión no consta, de solvencia no acreditada, sin antecedentes penales y en libertad provisional por esta causa de la que no consta haya sido privado; representado por el Procurador de los Tribunales Dª Pilar Luño Bordonada y defendido por el Letrado D. Sergio Casabón Alegre Siendo parte acusadora el MINISTERIO FISCAL y Ponente en esta apelación el Ilmo. Sr. Magistrado D. ANTONIO ELOY LÓPEZ MILLÁN, quien expresa el parecer del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En los citados autos recayó sentencia con fecha 2 de Mayo de 2007, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: " FALLO.- Que debo de condenar y condeno a Simón, como autor responsable de un delito de provocación sexual sin que concurran circunstancias modificativas de la responsabilidad penal, a la pena de VEINTE MESES MULTA (20) con una cuota diaria de SEIS EUROS (6 €) con una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas no satisfechas y al pago de las costas del juicio.

Se ratifica el embargo practicado en fecha 28.11.06 pro el Juzgado de Instrucción número OCHO de esta ciudad, sobre el vehículo marca KIA matrícula 5892 CZP propiedad de Simón."

SEGUNDO

La sentencia apelada contiene la siguiente relación fáctica:

Es acusado Simón, mayor de edad y sin que consten antecedentes penales.

El imputado frecuentaba el Parque del Tío Jorge de esta ciudad, donde conoció a la menor de edad Ariadna, nacida en el 01.10.92 y en el momento de ocurrir los hechos, contaba con trece años de edad y como en alguna ocasión se había puesto en contacto con ella a través de su teléfono móvil y era sabedor de que esta utilizaba uno con el número NUM005, el día 10.08.06, le remitió procedente del que era usuario con el número NUM006, una fotografía obscena que mostraba los glúteos en la parte derecha de la imagen y un pene erecto en la izquierda.

La madre de la menor Dª María Milagros, alarmada, presentó denuncia por estos hechos."

HECHOS PROBADOS que como tales se aceptan.

TERCERO

Contra dicha sentencia interpuso recurso de apelación la Procuradora de los Tribunales Dª Pilar Luño Bordonada, procuradora de Simón, alegando como motivos del recurso los que señala en su escrito; y admitido en ambos efectos se dio traslado, tras lo cual se elevaron las actuaciones a esta Audiencia, señalándose para la votación y fallo del recurso el día 19-9-2007.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se aceptan en esta instancia los fundamentos de derecho de la sentencia apelada.

SEGUNDO

Se invoca la aplicación indebida del artículo 186 del Código Penal.

Cuestiona el motivo: a) el carácter pornográfico del material...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR