ORDEN FORAL 349/2004, de 9 de diciembre, del Consejero de Educación, por la que se fijan provisionalmente los módulos económicos de subvención para los Programas de Iniciación Profesional para el año 2004, se autoriza y se abonan los atrasos correspondientes al periodo enero agosto y septiembre diciembre de 2004.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

ORDEN FORAL 349/2004, de 9 de diciembre, del Consejero de Educación, por la que se fijan provisionalmente los módulos económicos de subvención para los Programas de Iniciación Profesional para el año 2004, se autoriza y se abonan los atrasos correspondientes al periodo enero agosto y septiembre diciembre de 2004.

La Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo establece, en su artículo 23.2, la necesidad de garantizar programas específicos de GarantíaSocial para los alumnos que no alcancen los objetivos de la Educación Secundaria Obligatoria, con el fin de proporcionarles una formación básica y profesional que les permita incorporarse a la vida activa o proseguir estudios en las distintas enseñanzas reguladas en dicha Ley.

El Departamento de Educación, tiene encomendada la regulación y promoción de los Programas de Iniciación en virtud de lo establecido en el artículo 18.2 del Decreto Foral 67/1993, de 22 de febrero.

Por Orden Foral 299/2004, de 28 de octubre, se autoriza la implantación de Programas de Iniciación Profesional para el curso 2004/2005, en Institutos de Educación Secundaria, Centros Privados Concertados y Organizaciones sin ánimo de lucro de la Comunidad Foral de Navarra.

Mediante Resolución 627/2004, de 17 de agosto, del Director General de Enseñanzas Escolares y Profesionales, se ordenan aspectos referidos al funcionamiento de los programas de Iniciación Profesional en Navarra durante el curso 2004/2005.

Finalmente, el artículo 39 de la Ley Foral 34/2004, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales de Navarra para el ejercicio de 2004, establece que, dado el carácter experimental de la implantación anticipada de los Programas de Garantía Social, la Administración educativa determinará con carácter provisional, y hasta tanto no se regule reglamentariamente la composición y forma de financiación de los mismos, las cantidades destinadas a su financiación.

En consecuencia, el Director del Servicio de Centros y Ayudas al Estudio, de este Departamento, tras la firma de los acuerdos de 25 y 26 de noviembre prorrogando para el año 2004 el acuerdo de Mejora Progresiva de la Calidad de la Educación y de las Condiciones de Trabajo en el Sector de la Enseñanza Concertada, de 20 de diciembre de 2000, y las tablas salariales para el 2004, presenta un informe explicando el cálculo de los módulos de subvención correspondiente a cada uno de los Programas de Iniciación Profesional, según sus características particulares y proponiendo la aprobación de los mismos para el año 2004, así como el abono de los atrasos correspondientes a los periodos enero agosto y septiembre diciembre de los Programas de Iniciación Profesional autorizados en el curso 2003/2004 y en el curso 2004/2005 respectivamente.

En virtud de las facultades conferidas en el artículo 36.2 c) y d) de la Ley Foral 23/1983, de 11 de abril, reguladora del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra,

ORDENO:

  1. Aprobar el importe del módulo económico por unidad escolar para el año 2004, a efectos de distribución de la cuantía global de los fondos públicos destinados a subvencionar en condiciones de gratuidad a los centros concertados o entidades sin ánimo de lucro, autorizados para impartir las enseñanzas de los Programas de Iniciación profesional en funcionamiento en este año, que quedan establecidos de la siguiente forma:

    1. Programas de Iniciación Profesional en centros concertados

      Modalidad: Iniciación Profesional Básica

      MODULO DE

      P R O G R A M A SUBVENCION

      (EUROS)

      Auxiliar de Oficina 58.048,99

      Auxiliar de Alojamiento 57.897,23

      Operario de Instalaciones Eléctricas de Viviendas 60.173,41

      Operario Carpintería Aluminio 62.260,67

      Auxiliarde Servicios Sociales 57.897,23

    2. Programas de Iniciación Profesional en Organizaciones sin ánimo de lucro

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