STSJ Andalucía , 20 de Julio de 2006

PonenteVICTORIANO VALPUESTA BERMUDEZ
ECLIES:TSJAND:2006:5598
Número de Recurso1462/2002/
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución20 de Julio de 2006
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA

SALA EN SEVILLA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCIÓN TERCERA.

RECURSO N° 1462/2002

(Registro General número 5.499/2002)

SENTENCIA

Iltmo. Sr. Presidente

Don Ruperto Martínez Morales.

Iltmos. Sres. Magistrados

Don Eloy Méndez Martínez.

Don Victoriano Valpuesta Bermúdez.

En la ciudad de Sevilla, a veinte de julio del año dos mil seis.

Vistos por la Sala en Sevilla de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, los autos del recurso núm. 1.462/2002. interpuesto por don Bernardo, que ha actuado representado por la Procuradora doña Elena Sánchez Delgado y asistido de Letrado, contra el Diputación Provincial de Sevilla, representada y defendida por la Letrada doña Isabel Lizaur Cuesta; habiéndose personado en la causa doña Amanda, representada por la Procuradora doña Reyes Gutiérrez de Rueda y García y asistida de Letrado. La cuantía del recurso es indeterminada. Ha sido ponente el Iltmo. Sr. D. Victoriano Valpuesta Bermúdez que expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el recurrente se interpuso recurso contencioso-administrativo contra la resolución de la Presidencia de la Diputación Provincial de Sevilla desestimatoria del recurso de alzada interpuesto contra resolución de 22 de octubre de 2001 del tribunal del concurso-oposición para la provisión de una plaza de oficial de biblioteca.

SEGUNDO

En su escrito de demanda, el recurrente solicitó la anulación de la resolución recurrida con los demás pronunciamientos allí contenidos.

TERCERO

Por la Administración demandada y por doña Amanda se contestó en el sentido de oponerse, solicitando la desestimación del recurso.

CUARTO

Recibido el recurso a prueba y practicadas las propuestas que fueron admitidas, se dio ocasión a las partes para evacuar sus escritos de conclusiones.

QUINTO

En la presente causa se han observado las prescripciones legales, salvo las relativas a determinados plazos procesales, debido a la acumulación de asuntos ante la Sala; habiéndose señalado para votación y fallo el día de ayer en el que, efectivamente, se deliberó, votó y falló.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El recurrente impugna que, habiendo participado en el citado concurso-oposición para la provisión de una plaza de oficial de biblioteca, perteneciente al grupo D, convocado por la Diputación Provincial de Sevilla, debieron otorgársele mayores puntuaciones ya que no se tomó en cuenta el tiempo de prestación de servicios para el Ayuntamiento de Sevilla como técnico auxiliar de biblioteca (grupo C), lo que constituye una vulneración de la base 11ª.3 de la convocatoria, relativa a la "experiencia", a tenor de la cual se asignarían 0,75 puntos "por cada año de servicio en cualquiera de las Administraciones Públicas o en empresa privada, en puestos de iguales o similares características al que se convoca" Dada la literalidad de dicha base, lo determinante, según alega, es que las funciones sean similares, requisito que, a su entender, cumple el puesto de trabajo desempeñado con respecto al que se aspira. Por su parte, el tribunal de la prueba selectiva explica que ya en las...

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