STSJ Comunidad Valenciana 435, 3 de Febrero de 2006

PonenteJOSE MARTINEZ-ARENAS SANTOS
ECLIES:TSJCV:2006:435
Número de Recurso297/2005
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución435
Fecha de Resolución 3 de Febrero de 2006
EmisorSala de lo Contencioso

ROLLO DE APELACION Núm. 297/05 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA S E N T E N C I A Núm. 97/06 Presidente D. Mariano Ferrando Marzal Magistrados D. José Martínez Arenas Santos D. Francisco Hervás Vercher En Valencia a tres de febrero de dos mil seis.

Visto el recurso de apelación interpuesto por Da Guadalupe contra la Sentencia No 44/05, de 2 de febrero, dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo No 7 de Valencia en el Recurso No 322/04 , siendo parte apelada la Universidad de Valencia y Da Elena Ha sido Ponente el Magistrado D. José Martínez Arenas Santos.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado No 7 de Valencia dictó Sentencia en los autos No 322/04 desestimando el recurso interpuesto por Da Guadalupe contra resolución del Rector de la Universidad de Valencia de 31 de marzo de 2.004, dictada en el expediente de provisión de plaza de ayudante del área de psicología evolutiva y de la educación. Notificada la Sentencia, la actora interpuso recurso de apelación solicitando la revocación de la misma y la estimación del recurso contencioso- administrativo interpuesto.

La universidad y la codemandada evacuaron el trámite de formalización de la oposición al recurso solicitando la desestimación del mismo y la confirmación de la Sentencia apelada.

SEGUNDO

Cumplidos los trámites del art. 85 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y no habiéndose discutido la admisión del recurso ni solicitado el recibimiento a prueba quedaron los autos pendientes de votación y fallo.

TERCERO

Se señaló para la votación y fallo del recurso de apelación el día 2 de febrero de 2.006, teniendo lugar la misma el citado día.

CUARTO

Se han cumplido las prescripciones legales en ambas instancias.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se aceptan los Hechos de la Sentencia apelada en lo que se refieren a antecedentes y tramitación.

Se aceptan, igualmente, los Fundamentos de Derecho en lo que no se opongan a los de esta Sentencia.

SEGUNDO

El objeto del recurso lo constituye el examen de la adecuación a derecho de la Sentencia apelada en virtud de la cual se desestimó el recurso interpuesto por Da Guadalupe contra resolución del Rector de la Universidad de Valencia de 31 de marzo de 2.004, dictada en el expediente de provisión de plaza de ayudante del área de psicología evolutiva y de la educación. La resolución recurrida estimó parcialmente el recurso de la actora y mandó retrotraer el expediente al momento anterior a la valoración de los candidatos para que el Tribunal Calificador emitiera nueva propuesta corrigiendo la puntuación otorgada a la docencia universitaria, valorando la actividad investigadora y, en su caso, explicitar los criterios utilizados a fin de determinar su ajuste al...

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