ORDEN 788/2001, de 26 de marzo, del Consejero de Medio Ambiente, por la que se aprueban los protocolos de actuación operativa del Centro de Atención de Llamadas de Urgencia 1-1-2.

SecciónC - Otras Disposiciones
Rango de LeyOrden

La Ley 25/1997, de 26 de diciembre, de regulación del Servicio de Atención de Llamadas de Urgencia 1-1-2, estableció el régimen jurídico básico de organización y funcionamiento del Centro de Atención de Llamadas de Urgencia 1-1-2. En la exposición de motivos, la Ley reconoce que el mencionado centro debe servir para establecer la necesaria coordinación de las entidades que en cada caso deban actuar y así, garantizar una respuesta rápida y eficaz ante las demandas de los ciudadanos, respetando la competencia que a cada Administración corresponda en la realización material de la asistencia que el caso requiera.

Requisito necesario para alcanzar esta respuesta coordinada, rápida y eficaz, es la existencia de protocolos de actuación específicos para cada incidente o grupo de incidentes que, teniendo en cuenta el hecho acaecido y la situación geográfica del mismo, permitan ofrecer al ciudadano la acción más adecuada de acuerdo con las competencias asignadas a cada organismo.

La reiterada Ley establece en su artículo 2.1.b) que las actuaciones del Centro de Atención de Llamadas de Urgencia 1-1-2, respecto al tratamiento y evaluación de las llamadas, se realizarán según las directrices de actuación aprobadas por el órgano competente de la Comunidad de Madrid, y de acuerdo con los convenios de colaboración que se establezcan con las Administraciones Públicas o entidades competentes para la prestación material de la asistencia o, en su caso, con los protocolos que se aprueben por la Consejería competente de la Comunidad de Madrid.

Desde la puesta en funcionamiento del Servicio de Atención de Llamadas de Urgencia a través del teléfono único 1-1-2, se han firmado convenios con la mayoría de las Administraciones relacionadas con los servicios de urgencia, destacando, además de los alcanzados con los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado, el convenio para la Coordinación de la Atención de Urgencias Extrahospitalarias y Emergencias Sanitarias entre la Comunidad de Madrid, el Ayuntamiento de Madrid, el Instituto Nacional de la Salud y la Cruz Roja Española. Estos convenios, así como

la experiencia acumulada desde la puesta en funcionamiento del Servicio de Atención de Llamadas de Urgencia 1-1-2, han permitido ir perfeccionando los protocolos de actuación del Centro de Atención de Llamadas de Urgencia 1-1-2, por lo que se considera que es el momento idóneo para su aprobación.

De...

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