SAP Murcia 228/2007, 4 de Septiembre de 2007

PonenteFRANCISCO CARRILLO VINADER
ECLIES:APMU:2007:1849
Número de Recurso65/2007
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución228/2007
Fecha de Resolución 4 de Septiembre de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 1ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

MURCIA

SENTENCIA: 00228/2007

AUDIENCIA PROVINCIAL DE

MURCIA

Sección 001

Domicilio : PASEO DE GARAY Nº5 MURCIA 3º PLANTA PALACIO DE JUSTICIA

Telf : 968-229183

Fax : 968-229184

Modelo : SEN00

N.I.G.: 30030 37 1 2007 0100512

ROLLO : RECURSO DE APELACION (LECN) 0000065 /2007

Juzgado procedencia : JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 9 de MURCIA

Procedimiento de origen : OPOSICION MEDIDAS EN PROTECCION MENORES 0000861 /2006

RECURRENTE : Filomena

Procurador/a : MARIA DOLORES QUESADA TOLMOS

Letrado/a :

RECURRIDO/A : DIRECCION GENERAL DE FAMILIA

Procurador/a :

Letrado/a :

S E N T E N C I A NÚM. 228/2.007.

ILMOS. SRES.

D. ANDRÉS PACHECO GUEVARA

PRESIDENTE

D. FRANCISCO JOSÉ CARRILLO VINADER

D. ÁLVARO CASTAÑO PENALVA

MAGISTRADOS

En la ciudad de Murcia, a cuatro de septiembre del año dos mil siete.

Habiendo visto en grado de apelación la Sección Primera de esta Audiencia Provincial los autos de Juicio especial de protección de menores que con el número 861/06 se ha seguido en primera instancia ante el Juzgado Civil número Nueve de Murcia entre las partes, como actora y ahora apelante Dª. Filomena, representado por la Procuradora Sra. Quesada Tolmos y defendida por el Letrado Sr. Cerdá Meseguer, ambos designados del turno de oficio, y como demandada y ahora apelada la Secretaría Autonómica de Acción Social, Menor y Familia de la Consejería de Trabajo y Política Social de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, representada por el Letrado de dicha Comunidad Sr. Verdú Pina. En ambas instancias interviene el Ministerio Fiscal, en esta como apelado, siendo ponente el Ilmo. Sr. Magistrado don FRANCISCO JOSÉ CARRILLO VINADER que expresa la convicción del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de instancia citado con fecha 10 de noviembre de 2006 dictó en los autos principales de los que dimana el presente rollo la sentencia cuya parte dispositiva dice así: "FALLO: Se desestima la impugnación formulada por la actora frente a la resolución administrativa aludida en el cuerpo de esta resolución ".

SEGUNDO

Contra la anterior sentencia, en tiempo y forma, preparó e interpuso recurso de apelación Dª. Filomena, solicitando que se ampliara el régimen de visitas de la solicitante a su hija, fijándolas cada tres meses.

Después se dio traslado a la otra parte, quien presentó escrito oponiéndose al mismo, pidiendo la confirmación de la sentencia.

Por el Juzgado se elevaron las actuaciones a esta Ilma. Audiencia Provincial, turnándose a la Sección Primera donde se registraron con el número 65/07 de Rollo. Tras personarse las partes, por providencia del día 19 de junio de 2007 se señaló el de hoy para la votación y fallo de la causa, que ha sido sometida a deliberación de la Sala.

TERCERO

En la sustanciación de ambas instancias se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Por la Sra. Filomena se presenta escrito oponiéndose al acuerdo de la Administración que fijaba en dos visitas al año las que puede mantener con su hija Marina, dada en acogida familiar permanente. Tras recibirse el expediente administrativo en el Juzgado, se plantea la demanda, donde se interesa otro régimen de visitas más beneficioso para la menor y en un lugar diferente del PEF.

Se opone a tal petición la Administración, detentadora de la tutela sobre la menor, tras lo cual se celebra el oportuno juicio y se dicta sentencia desestimando la pretensión, al considerar que ampliar el régimen de visitas es perjudicial para la menor, por su enfermedad.

Contra dicho pronunciamiento se plantea recurso de apelación por la madre, al que se opone la Administración.

SEGUNDO

La impugnación de...

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