La protección de la lactancia natural: las consecuencias que se derivan de una evaluación del riesgo incorrectamente practicada. Comentario de la STJUE de 19 de octubre, Otero Ramos C-531/15)

AutorBelén Alonso-Olea García
Páginas145-158
Revista de Derecho de la Seguridad Social. Laborum 14 (1er Trimestre 2018)
Estudios de Doctrina Judicial ISSN: 2386-7191 ISSNe: 2387-0370
Fecha Recepción: 15-12-2017 Fecha Revisión: 28-12-2017 F echa Aceptación: 15-1-2018
Pags. 145-158
145
La protección de la lactancia natural: las consecuencias que se
derivan de una evaluación del riesgo incorrectamente practicada.
Comentario de la STJUE de 19 de octubre, Otero Ramos
(C-531/15)
Breastfeeding protection: consequences derived from a wrong risk
assessment. STJUE commentary, 19th October, Otero Ramos
(C-531/15)
Resumen
Abstract
La cuestión prejudicial versa sobre cómo ha de
interpretarse el artículo 19.1 de la Directiva 2006/54,
inversión de la carga de la prueba, a un supuesto de
trabajadora en período de lactancia natural, para lo cual,
el TJUE tiene que razonar, previamente, si nos hallamos
ante un supuesto de discriminación. Para poder
solventar la cuestión, el TJUE tiene que reformular la
cuestión prejudicial y añadir la interpretación de otro
precepto, el artículo 4.1 de la Directiva 92/85, esto es, de
cómo ha de practicarse la evaluación de un riesgo de
una trabajadora en período de lactancia natural.
Es resuelta declarando que la inversión de la carga de la
prueba procede cuando la trabajadora afectada impugna
una decisión relativa a esta evaluación de los riesgos
ante un órgano jurisdiccional u otro órgano competente
pero, con anterioridad, la trabajadora perjudicada tiene
que acreditar los hechos, o aportar los elementos de
prueba, que demuestren que la evaluación de los riesgos
que presenta su puesto de trabajo no se llevó a cabo con
arreglo al artículo 4.1 de la Directiva 92/85 porque, en
tal caso, nos hallamos ante un supuesto de
discriminación directa por razón de sexo.
The reference for the preliminary ruling deals with
the question of how to understand article 19.1 of
Directive 2006/54, the reversal of the burden of
proof, in relation to a worker who is breastfeeding;
to do so, the CJEU must first consider if we are
facing a case of discrimination. In order to resolve
this issue, the CJEU must reformulate the reference
for the preliminary ruling and add its interpretation
for another precept, article 4.1 of Directive 92/85,
i.e., how a risk assessment should be conducted in
relation to a worker who is breastfeeding.
This reference is solved by declaring that reversing
the burden of proof is appropriate when the worker
in question impugns a decision on the risk
assessment in front of a court or another competent
authority; but she must previously have proven the
facts, or provided supporting evidence that shows
that the risk assessment presented by her job was not
accomplished in accordance with the article 4.1 of
Directive 92/85, b ecause, in that case, we would be
facing a case of direct discrimination by reason of
gender.
Palabras clave
Keywords
Evaluación del riesgo de una trabajadora en período de
lactancia natural (artículo 4.1 de la Directiva 92/85).
Supuesto de discriminación directa por razón de sexo,
en el sentido de la Directiva 2006/54, cuando no se
efectúa de conformidad a la normativa sobre seguridad
y salud en el trabajo. Procedencia de inversión de la
carga de la prueba ante un órgano jurisdiccional u otro
órgano competente acreditado previamente por la
trabajadora afectada que la evaluación del riesgo fue
incorrectamente practicada. Competencia del tribunal
nacional tal comprobación y valoración.
Breastfeeding worker risk assessment (article 4.1 of
Directive 92/85). Direct discrimination by reason of
gender, within the meaning of Directive 2006/54,
when not executed in accordance with occupational
health and safety regulations. Reversal of the burden
of proof in front of a court or another competent
authority, previously proved by the worker the fact
that the risk assessment was improperly practiced.
Responsibility of the n ational court to make such
verification and assessment.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR