SAP Vizcaya 368/2005, 16 de Mayo de 2005

PonenteMARIA DE LOS REYES CASTRESANA GARCIA
ECLIES:APBI:2005:1369
Número de Recurso197/2004
Número de Resolución368/2005
Fecha de Resolución16 de Mayo de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Vizcaya, Sección 4ª

SENTENCIA Nº 368/05ILMOS. SRES.

D. FERNANDO VALDÉS SOLÍS CECCHINI

Dña. LOURDES ARRANZ FREIJO

Dña. REYES CASTRESANA GARCIA

En BILBAO, a dieciséis de mayo de dos mil cinco.

Vistos en grado de apelación ante la Audiencia Provincial de Bilbao, Sección Cuarta, integrada por los Ilmos. Sres. Magistrados que al margen se reseña, los presentes autos de JUICIO ORDINARIO Nº 297/03, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 13 de Bilbao y seguidos entre partes: Como apelante D. Matías

, representado por el Procurador Sr. Olaizola Ares y dirigido por el Letrado Sr. Alegre Izquierdo y como parte apelada que se opone al recurso DIRECCION000 DE BILBAO, representada por la Procuradora Sra. Perea de la Tajada y dirigida por el Letrado Sr. Euba Ibarreche.

SE ACEPTAN y se dan por reproducidos en lo esencial, los antecedentes de hecho de la sentencia impugnada en cuanto se relacionan con la misma.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La Sentencia de instancia de fecha 24 de Noviembre de 2003 es de tenor literal siguiente:

"FALLO: Que debo estimar y estimo en su integridad la demandada interpuesta por la representación procesal de la DIRECCION000 de Bilbao frente a D. Matías , condenando a dicho demandado a satisfacer a la actora el importe de cinco mil cuatrocientos noventa euros con treinta y nueve céntimos (5490,39 euros), más el interés legal devengado sobre dicho principal desde la interposición de la demanda hasta la fecha de la presente resolución y desde ésta última y hasta su completo pago, el interés legal incrementado en dos puntos. Se imponen al demandado las costas procesales causadas.".

SEGUNDO

Publicada y notificada dicha Resolución a las partes litigantes, por la representación de la parte demandada se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación que, admitido por el Juzgado de Instancia y tramitado en legal forma ha dado lugar a la formación del presente rollo, al que ha correspondido el nº 197/04 de Registro y que se ha suscitado con arreglo a los trámites de los de su clase.

TERCERO

Hecho el oportuno señalamiento para la votación y fallo del presente recurso, quedaron las actuaciones sobre la Mesa del Tribunal para la deliberación y resolución.

CUARTO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

Ha sido Ponente para este trámite la Ilma. Sra. Magistrado Dña. REYES CASTRESANA GARCIA.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

El art. 9.1.e) de la Ley de Propiedad Horirzontal establece la obligación de cada propietario de contribuir a los gastos generales para el adecuado sostenimiento del inmueble, sus servicios, cargas y responsabilidades con arreglo a la cuota de participación fijada en el título constitutivo o a lo especialmente establecido, añadiendo, y el art. 21 de la expresa Ley Especial cómo estas obligaciones han de ser cumplidas por la persona que sea titular del piso o local, de forma que en caso de incumplimiento pueda ser demandada judicialmente por su comunidad de propietarios a través de su representante legal, normativa la expuesta en la que se ampara la hoy recurrida DIRECCION000 de Bilbao para dirigir acción judicial contra D. Matías , propietario de la vivienda tercera exterior izquierda del edificio, con una participación del cinco por ciento en los elementos comunes, en reclamación de la cantidad de 5.490,39 euros, según derramas extraordinarias de rehabilitación de fachada por...

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