SAP Burgos 222/2007, 22 de Mayo de 2007

PonenteMARIA ESTHER VILLIMAR SAN SALVADOR
ECLIES:APBU:2007:1050
Número de Recurso144/2007
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución222/2007
Fecha de Resolución22 de Mayo de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Burgos, Sección 3ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 3

BURGOS

SENTENCIA: 00222/2007

AUDIENCIA PROVINCIAL DE

BURGOS

Sección 003

Domicilio : SAN JUAN 2

Telf : 947274394

Fax : 947279452

Modelo : SEN09

N.I.G.: 09059 38 1 2007 0000291

ROLLO : RECURSO DE APELACION (LECN) 0000144 /2007

Juzgado procedencia : JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.2 de ARANDA DE DUERO

Procedimiento de origen : PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000458 /2006

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Burgos, integrada por los Ilmos. Sres.

Magistrados DON JUAN SANCHO FRAILE, Presidente, DON ILDEFONSO BARCALA FERNÁNDEZ DE PALENCIA y DOÑA MARÍA ESTHER VILLÍMAR SAN SALVADOR, ha dictado

la siguiente:

S E N T E N C I A Nº 222

En Burgos, a veintidós de Mayo de dos mil siete.

VISTOS, por esta Sección de la Audiencia Provincial de Burgos el rollo de Sala núm. 144/2007, dimanante de Procedimiento Ordinario número 458/2006, del Juzgado de Primera Instancia número 2 de Aranda de Duero, en recurso de apelación interpuesto contra sentencia de fecha 26 de enero de 2007, sobre impugnación de acuerdos comunitarios, en el que han sido partes, en esta instancia, como demandante-apelante, DON Oscar, en su propio nombre y en nombre de la sociedad de gananciales constituida por su esposa Doña Milagros, representado por la Procuradora doña Mercedes Manero Barriuso y defendido por el Letrado don Enrique Arribas Miranda; y, como demandado-apelado, COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DE C/ CARRETERA000, nº NUM000 de Aranda de Duero, representada por el Procurador don Fernando Santamaría Alcalde y defendida por el Letrado don Florencio Pérez Palacio. Siendo Ponente, la Ilma. Sra. Magistrada DOÑA MARÍA ESTHER VILLÍMAR SAN SALVADOR, que expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
  1. : Los de la resolución recurrida, que contiene el siguiente FALLO: "Se desestima íntegramente la demanda interpuesta por el procurador Sr/a.Arranz Cabestrero en nombre y representación de Oscar frente a la Comunidad de Propietarios de la CARRETERA000 nº NUM000 de Aranda de Duero, a quienes se les absuelve de las pretensiones contra ellos ejercitadas, con imposición de costas a la parte actora.- Se declara plenamente válido y eficaz el acuerdo adoptado en Junta de propietarios de la CARRETERA000 nº NUM000 de Aranda de Duero, fecha 6.5.06, en lo referente a la cuota de participación de Oscar en un 8.36 %, por el cual debe contribuir en la cantidad de 2.215 euros".

  2. : Notificada la anterior resolución a las partes, por la representación del demandante, se presento escrito preparando recurso de apelación, que posteriormente formalizó, mediante otro escrito, dentro del término que le fue concedido al efecto. Dado traslado a la parte contraria, para que en término de diez días presentasen escrito de oposición al recurso o de impugnación de la resolución apelada, presentó escrito de oposición al recurso, que consta unido a las actuaciones, dentro del plazo que le fue concedido, acordándose por el Juzgado, la remisión de los autos a la Audiencia Provincial de Burgos, habiendo correspondido en el reparto general de asuntos, a esta Sección Tercera de la Audiencia Provincial.

  3. : Recibidos los autos y formado el correspondiente Rollo de Sala, se turnó de ponencia, señalándose para votación y fallo el día diecinueve de abril de dos mil siete, en que tuvo lugar.

  4. : En la tramitación del presente recurso se han observado las formalidades legales.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

La sentencia de instancia desestima la demanda formulada por D. Oscar en la que solicitaba la nulidad del acuerdo adoptado en la Junta de Propietarios de la Comunidad de propietarios de la casa nº NUM000 de la CARRETERA000 de Aranda de Duero, de fecha 6 de mayo de 2006, en lo referente a la distribución de la cuota extraordinaria de participación para el piso NUM001, quedando fijada la misma en un porcentaje del 4,43% y en la cantidad de 1.173,95 €.

Interpone recurso de apelación el demandante, centrando su apelación en la infracción de los articulo 5 y 9.1.e) de la LPH, por realizarse los cálculos de la derrama extraordinaria por obras en el tejado en relación a una cuota de participación diferente de aquélla que consta en el título constitutivo de la propiedad, sin que haya sido modificada por acuerdo unánime de todos los...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR