SAP Ciudad Real 80/2005, 30 de Marzo de 2005
Ponente | ALFONSO MORENO CARDOSO |
ECLI | ES:APCR:2005:156 |
Número de Recurso | 182/2004 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 80/2005 |
Fecha de Resolución | 30 de Marzo de 2005 |
Emisor | Audiencia Provincial - Ciudad Real, Sección 1ª |
SENTENCIA Nº 80 CIUDAD REAL, a 30 de Marzo de 2005.
VISTO en grado de apelación ante esta Sección 1ª de la Audiencia Provincial de CIUDAD REAL, los Autos de JUICIO VERBAL 612/2003, procedentes del JDO. 1A.INST.E INSTRUCCION N. 2 de CIUDAD REAL , a los que ha correspondido el Rollo 182 /2004, en los que aparece como parte
apelante D. Humberto y Dª Carina representados por elprocurador Dª CARMEN FRIAS GOMEZ, y asistidos por el Letrado D. JOSE LUIS MARTIN MONROY, y como apelado DIRECCION000 ,
DELEGACION CONSEJERIA OBRAS PUBLICAS Y URBANISMO representada primera por el procurador D. JORGE MARTINEZ NAVAS, y asistida por el Letrado D. ISIDRO FERNANDEZ MILLAN SANCHEZ, y la segunda asistida por el Letrado de Junta de Comunidades Castilla La Mancha.
Por el Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Ciudad Real se dictó sentencia en los referidos autos, cuya parte dispositiva, literalmente copiada dice así: "FALLO: Que estimando íntegramente la demanda inicial de estos autos, deducida por el procurador Sr. Martínez Navas, en nombre y representación de DIRECCION000 de Puertollano, contra D. Humberto y Dª Carina , y la Junta de Comunidades de Castilla la Mancha, debo condenar y condeno a los demandados Sres. Humberto y Carina a que abonen solidariamente a la actora la cantidad de ochocientos sesenta y cinco euros con siete céntimos de euro (865,07 euros). Con condena en costas para los dichos codemandados.
Notificada la sentencia a las partes, se interpuso contra la misma recurso de apelación en tiempo y forma por la parte demandada, admitiéndose el recurso y dándole el trámite correspondiente, las partes hicieron las alegaciones que estimaron conveniente en apoyo de sus respectivos intereses, elevándose los autos a la Audiencia y correspondiendo a esta Sección por turno de reparto, se formó el correspondiente rollo y se turnó Ponencia, señalándose para la votación y fallo el día veintinueve del actual.
En la tramitación de esta apelación se han observado las prescripciones legales. Siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. ALFONSO MORENO CARDOSO.
Los demandados, en el pleito de que trae causa esta apelación, arrastran el debate y la tesis en que se mantienen, concretada en que las cuotas de la Comunidad de Propietarios deben ser satisfechas por la propiedad, Junta de Comunidades, y luego serles repercutidas como arrendatarios de la vivienda que ocupan. Se apoyan los recurrentes en el fundamento jurídico que proporciona la Ley de Propiedad Horizontal en cuanto es a la propiedad a la que corresponde...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba