Promoción de la autonomía personal y prevención de la dependencia de las personas con discapacidad en Andalucía a través del empleo
Autor | Amparo María Molina Martín |
Cargo | Profesora Titular de Universidad Departamento de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social Universidad de Granada |
Páginas | 223-244 |
Bloque I: Empleo y Políticas Activas de Empleo de las Personas con Discapacidad en Andalucía
9. PROMOCIÓN DE LA AUTONOMÍA PERSONAL Y PREVENCIÓN DE LA
DEPENDENCIA DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN ANDALUCÍA
A TRAVÉS DEL EMPLEO
AMMM
Profesora Titular de Universidad
Departamento de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social
Universidad de Granada
Ohttps://orcid.org/0000-0003-2546-4402
SUMARIO: I. ELEMENTOS DE LA INVESTIGACIÓN. 1. LO GEOGRÁFICO, LO SUBJETIVO Y LO MATERIAL: EL EMPLEO
DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN ANDALUCÍA. 2. LO INSTRUMENTAL: EL I PLAN ANDALUZ DE
PROMOCIÓN DE LA AUTONOMÍA PERSONAL Y PREVENCIÓN DE LA DEPENDENCIA. II. PREMISA: ESPACIOS
A DISPOSICIÓN DE LOS PODERES PÚBLICOS ANDALUCES PARA ACTUAR SOBRE EL EMPLEO DE
LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD. III. RESULTADOS. 1. ACCIONES A FAVOR DE LA EMPLEABILIDAD.
A) ACTUALIZACIONES Y MEJORAS EN EL SISTEMA HERMES. B) TRABAJOS EN EL OBSERVATORIO
ARGOS. C) SERVICIO DE ORIENTACIÓN PROFESIONAL ESPECIALIZADO. D) MEJORA DE LA
ACCESIBILIDAD EN LAS OFICINAS DE EMPLEO. 2. ACTUACIONES EN POS DE LA CONTRATACIÓN. A) EN
TORNO A LA CUOTA DE RESERVA DE EMPLEO, Y EXCEPCIONES (INCLUYENDO EL PLAN AIRE). B)
ASESORAMIENTO A EMPRESAS SOBRE AYUDAS. C) PROGRAMA DE PRÁCTICAS EN EMPRESAS (EPES) Y
CONVENIOS ESPECÍFICOS ADMINISTRACIÓN-ASOCIACIONES. D) SUBVENCIONES PÚBLICAS (SAE).
3. LABORES DE SENSIBILIZACIÓN. IV. BALANCE Y APRECIACIONES. V. REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS.
REFERENCIAS NORMATIVAS. ÍNDICE DE TABLAS.
I. ELEMENTOS DE LA INVESTIGACIÓN
1.
Andalucía
A lo largo de más de dos años hemos desarrollado, en el equipo de investigación del
Proyecto que acoge el presente estudio, toda una serie de trabajos en torno a los instrumentos para
la protección integral de las personas discapacitadas en una sociedad inclusiva y del bienestar, con
especial referencia a Andalucía en el marco de las estrategias nacionales y de la Unión Europea.
Fruto de ello se da difusión a esta obra sobre empleo y protección social de los/as discapacitados/as
en nuestra Comunidad, la cual sirve de marco para esta investigación en particular que dedicamos a la
promoción de la autonomía personal y prevención de la dependencia de las personas con discapacidad
en Andalucía a través del empleo.
Yendo al análisis de los componentes de la investigación, primeramente hacemos referencia al
Así, como decíamos, el Proyecto al que pertenecemos centra su atención en la Comunidad Autónoma
nacionales como de la Unión Europea -en materia, como decíamos, de protección integral de las
nuestro estudio un análisis de cuestiones competenciales a esos distintos niveles (vid infra).
En II. PREMISA: ESPACIOS A DISPOSICIÓN DE LOS PODERES PÚBLICOS ANDALUCES PARA ACTUAR
SOBRE EL EMPLEO DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD.
Revista de Derecho de la Seguridad Social. Laborum Número Extraordinario 2023
Apuntado sólo, pues, dicho elemento que venimos a denominar como de tipo espacial o
ahora al subjetivo, referido a las personas con discapacidad. Ellas son, efectivamente, eje vertebrador
naturaleza, que en ámbitos como el de la dependencia, o el de la incapacidad, no es extraño que
acarree confusión.
3
como discapacidad aquella
previsiblemente permanentes y cualquier tipo de barreras que limiten o impidan su participación
plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con las demás”
como en otras palabras, diversidad funcional, o capacidad o funcionalidad diversa (de tipo físico/
nuestro caso, en lo que implica la prestación de servicios en el mercado laboral ordinario-.
Ello, de entrada, no tiene por qué obstaculizar la capacidad de la persona para la prestación del
Tampoco necesariamente ha de interferir, por otro lado, el hecho de que se halle en situación
(“el estado de carácter permanente en que se encuentran las personas que, por razones derivadas
de la edad, la enfermedad o la discapacidad, y ligadas a la falta o a la pérdida de autonomía física,
mental, intelectual o sensorial, precisan de la atención de otra u otras personas o ayudas importantes
para realizar actividades básicas de la vida diaria o, en el caso de las personas con discapacidad
intelectual o enfermedad mental, de otros apoyos para su autonomía personal”
es un estado conectado siempre con la “necesidad de atención” en el que se encuentran algunas
personas, y por distintas circunstancias -entre otras, eventualmente, la discapacidad-6.
Habida cuenta todo ello, llegamos a la conclusión de recuperar el criterio clásico determinado
de “someterse a la valoración de su discapacidad y obtener el reconocimiento
de un porcentaje del 33% como mínimo”8.
resulta ser el nuestro un estudio en el que compendiamos críticamente toda una serie de intervenciones
discapacidad a través del desempeño de una actividad laboral. Más exactamente, el objeto de
3
de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social (BOE de 3 de diciembre de
6 VV.AA. Informe 03/2020 “El sistema de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en
situación de dependencia”
8 En DE COSSÍO RODRÍGUEZ
del Tribunal Supremo sobre reconocimiento de la condición de persona con discapacidad a los pensionistas de
Revista General de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social
Vid ampliamente, de hecho, al objeto de distinguir discapacidad e incapacidad permanente.
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