SAP Santa Cruz de Tenerife 103/2007, 2 de Marzo de 2007

PonenteCONCEPCION MACARENA GONZALEZ DELGADO
ECLIES:APTF:2007:432
Número de Recurso739/2006
Número de Resolución103/2007
Fecha de Resolución 2 de Marzo de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Santa Cruz de Tenerife, Sección 3ª

SENTENCIA NÚM. 103/2007

Iltmos. Sres.

Presidente:

D. María Del Pilar Muriel Fernández Pacheco

Magistrados:

Dª. Macarena González Delgado (Ponente)

Dª. María Luisa Santos Sánchez

En Santa Cruz de Tenerife, a dos de marzo de dos mil siete.

Visto por los Ilmos. Sres. Magistrados arriba expresados, en grado de apelación, el recurso interpuesto por la parte demandada Dª. Julieta, contra la Sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia núm. 4 de La Laguna, en autos de Juicio Verbal nº 671/06, seguidos a instancias del Procurador D. Claudio García del Castillo bajo la dirección del Letrado D. Mario González Rodríguez en nombre y representación de Carlos Manuel, contra Dª. Julieta, representado por la Procuradora Dª. Maria Teresa Asín Jiménez, bajo la dirección de la Letrado Dª. Isabel G. Pereyra León; han pronunciado, en nombre de S.M. el Rey, la presente Sentencia, siendo Ponente la Ilma. Sra. Dª. Macarena González Delgado, Magistrado de esta Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife, con base en los siguientes,

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En los autos y por el referido Juzgado se dictó Sentencia de fecha 28 de julio de 2006, cuya parte dispositiva, -literalmente copiada-, dice así: " Que estimando la demanda promovida por D. Carlos Manuel, contra Dª Julieta : 1) Debo condenar y condeno a la demandada a abonar al actor la suma de 600 euros, con más los intereses legales devengados desde la interpelación judicial. 2) Todo ello con imposición de las costas causadas a la parte demandada."

SEGUNDO

Notificada la sentencia a las partes en legal forma, se interpuso recurso de apelación por la representación de la parte demandada; tramitándose conforme a lo previsto en los artículos 457 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil, presentando escrito de oposición la parte contraria, y remitiéndose con posterioridad los autos a esta Audiencia Provincial, con emplazamiento de las partes por término de treinta días.

TERCERO

Que recibidos los autos en esta Sección Tercera se acordó formar el correspondiente Rollo, y se designó como Ponente a la Ilma. Sra. Magistrado Dª. Macarena González Delgado; personándose oportunamente la parte apelante por medio de la Procuradora Dª. Yolanda Morales García, bajo la dirección de la Letrada Dª. Isabel Pereyra León, la parte apelada no se personó en ésta alzada; señalándose para votación y fallo el día veintiseis de febrero de dos mil siete.

CUARTO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales que le rigen.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Contra la sentencia que estima la demanda se alza el recurso de la demandada alegando error en la valoración de la prueba, recurso al que se opone el actor pidiendo la confirmación de la sentencia.

Del examen de lo actuado resulta que se concertó un contrato de agencia entre la vendedora del piso a que se refieren estas actuaciones y la demandada, y que estando el hoy actor interesado en la adquisición del referido piso, entregó en concepto de reserva de la vivienda la cantidad de 600 euros, firmando las partes un contrato el 4 de noviembre de 2004 que se aporta con la demanda y que aunque se denomina contrato de compraventa, no tiene ese naturaleza sino la de una promesa de compraventa. En la cláusula cuarta del referido contrato se señala que el importe del precio de la compraventa debía de entregarse al tiempo de formalizar la escritura de compraventa, y que si...

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