Prólogo a la primera edición

AutorRafael de Asís Molino de la Hoz
Páginas15-21

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Como han señalado diversos autores, es posible hacer referencia a cuatro grandes procesos históricos de los derechos: positivación, generalización, internacionalización y especificación. Se trata, sin duda, de procesos abiertos (como lo es el catálogo de los derechos) y comunicados. Pero, en todo caso, la exposición de estos procesos trata de dar cuenta de cómo los derechos aparecen en un primer momento en los textos jurídicos nacionales asociados a determinados sujetos (positivación), extendiéndose luego su titularidad a todos los seres humanos (generalización) y reflejándose con posterioridad en textos jurídicos internacionales (internacionalización). Además, y en estrecha conexión con lo anterior, el examen histórico de los derechos permite dar cuenta también de cómo han surgido algunos derechos que poseen una proyección que se concreta en situaciones específicas de los seres humanos (especificación).

Si tenemos en cuenta los tres primeros procesos antes apuntados, la exposición de la evolución de los derechos usual-mente seguía por tanto tres pasos: reconocimiento en los Ordenamientos jurídicos nacionales, extensión de su titularidad a todos los ciudadanos y, por último, posibilidad de hacerlos valer mediante la apelación a instrumentos supraestatales.

No obstante, el camino seguido por los llamados derechos de cuarta generación ha sido diferente. En efecto, la aparición jurídica de este tipo de derechos se ha producido normalmente

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en el ámbito del Derecho internacional (dato éste que constituye ya de por sí un indicio del alcance de su contenido). Y esta presencia en los textos internacionales ha tenido como consecuencia la proliferación de estudios sobre estos derechos por parte de los internacionalistas.

Evidentemente, los derechos de cuarta generación se han estudiado también desde otras perspectivas jurídicas y políticas. Existen así, sin ánimo de ser exhaustivo, interesantes aportaciones del Derecho administrativo, del Derecho constitucional, de la Ciencia política o de la Filosofía moral. La Filosofía jurídica y política no ha permanecido al margen de esta temática, dedicando importantes trabajos a su análisis.

Esta proliferación de estudios desde diferentes perspectivas no puede extrañarnos si tenemos en cuenta que su objeto son los derechos humanos. Ahora bien, aunque los derechos pueden ser examinados desde puntos de vista diferentes, hay dos planos que deben ser destacados. Se trata del plano ético, desde el que los derechos se presentan como pretensiones morales; y del plano jurídico, desde el que los derechos se presentan como instrumentos jurídicos especialmente protegidos. Junto a ellos, existe un tercer plano, igualmente importante, que es el político, y que permite dar cuenta del marco adecuado para favorecer el paso de las pretensiones morales al Derecho. Un discurso sobre los nuevos derechos debe estar asociado a estos planos conjuntamente. Sin embargo, en ocasiones su estudio se lleva a cabo de forma separada, desde alguno de esos planos y con la exclusión del otro. Así, se plantea el discurso sobre los nuevos derechos haciendo referencia a nuevas pretensiones morales, a nuevas pretensiones jurídicas, a antiguas...

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