Prólogo

AutorFrancisco Javier Arrieta Idiakez
Páginas1-15
PRÓLOGO
Desde los albores de la Historia, el mundo del trabajo ha estado en cons-
tante evolución. La realidad actual no es ajena a este escenario, pues las rela-
ciones laborales siguen inmersas en un proceso de transformación y tienen
ante sí importantes desafíos que demandan respuestas eficaces y urgentes.
Ciertamente, la pobreza extrema, el deterioro medioambiental, la ausencia
de protección social, el déficit de trabajo decente, el desempleo, la división de
los procesos productivos, las altas tasas del trabajo informal, las migraciones
laborales, el envejecimiento de la población, la rápida expansión de las nue-
vas tecnologías, la digitalización, la inteligencia artificial, la robotización o la
aparición de nuevas formas de empleo vinculadas a las plataformas digitales
son, entre otros muchos, algunos de los retos a los que se enfrenta actualmen-
te el mundo del trabajo. Estos retos exigen el diseño de políticas de empleo
dignificantes, así como la búsqueda de fórmulas empresariales apropiadas
para la efectiva implantación de las mismas.
Ante este contexto incierto, la ONU aprobó en 2015 la Agenda 2030 para
el Desarrollo Sostenible, que comprende 17 objetivos mediante los cuales se
pretende avanzar hacia un verdadero desarrollo sostenible basado en la ar-
monización de la justicia social, la sostenibilidad ambiental y el progreso eco-
nómico. A partir de este marco general, y con la intención de materializar los
compromisos de la Agenda 2030, la OIT, aprobó en 2015 la puesta en marcha
de la «Iniciativa relativa al futuro del trabajo», compuesta por cuatro grandes
conversaciones, a saber: trabajo y sociedad; empleos decentes; la organización
del trabajo y de la producción; y la gobernanza del trabajo. Esta Iniciativa se
asienta, principalmente, sobre la Declaración relativa a los fines y objetivos de
la OIT, adoptada en 1944, en la que se declara que el trabajo no es una mer-
cancía [apartado I. a)] y se destaca la necesidad de fomentar programas para
lograr el pleno empleo; el Convenio núm. 122 de la OIT, de 17 de junio de
1964, sobre la política de empleo, y la Recomendación núm. 169 de la OIT, de
6 de junio de 1984, sobre la política de empleo (disposiciones complementa-
rias), en los que se pone de manifiesto el deber de promover el pleno empleo,

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