DECRETO 295/2003, de 18 de noviembre, por el que se aprueba el Programa anual de actuación estadística para el año 2004.

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyDecreto

DECRETO

295/2003, de 18 de noviembre, por el que se aprueba el Programa anual de actuación estadística para el año 2004.

La Ley 23/1998, de 30 de diciembre, de estadística de Cataluña, modificada por la Ley 23/2003, de 4 de julio, reguladora de la elaboración y la publicidad de las encuestas y los estudios de opinión de la Generalidad, establece en su artículo 43 que el Gobierno de la Generalidad debe aprobar, a propuesta del consejero de Economía y Finanzas, un programa anual de actuación estadística en desarrollo del Plan estadístico de Cataluña.

La Ley 8/2001, de 14 de junio, del Plan estadístico de Cataluña 2001-2004, dispone en su artículo 21 que la ejecución del Plan estadístico de Cataluña se lleva a cabo por medio de la elaboración, la aprobación y la ejecución de los programas anuales de actuación estadística.

Visto que los artículos 23 y 24 de la Ley 8/2001, de 14 de junio, del Plan estadístico de Cataluña 2001-2004, regulan, respectivamente, el procedimiento de elaboración y aprobación de los programas anuales de actuación estadística y los requisitos de inclusión de actividades estadísticas en los citados programas;

Visto lo que establece la Ley 23/2003, de 4 de julio, de modificación de la Ley 23/1998, de 30 de diciembre, de estadística de Cataluña, reguladora de la elaboración y la publicidad de las encuestas y los estudios de opinión de la Generalidad;

Visto, asimismo, que el artículo 10.n) de la Ley 23/1998, de estadística de Cataluña, dispone que el Instituto de Estadística de Cataluña debe preparar y elaborar cada año el proyecto de Programa anual de actuación estadística y elevarlo al consejero de Economía y Finanzas para que lo someta a la aprobación del Gobierno;

Visto que el Instituto de Estadística de Cataluña ha realizado los trámites y las consultas previstos en el artículo 23 de la Ley 8/2001, de 14 de junio, del Plan estadístico de Cataluña 2001-2004 y que el proyecto de Programa anual de actuación estadística del año 2004 ha sido aprobado por su Junta de Gobierno;

A propuesta del consejero de Economía y Finanzas y de acuerdo con el Gobierno,

Decreto:

Artículo 1

Aprobación del Programa anual de actuación estadística del año 2004

Se aprueba el Programa anual de actuación estadística para el año 2004 en desarrollo y ejecución del Plan estadístico de Cataluña 2001-2004.

Artículo 2

Objeto y contenido del Programa anual de actuación estadística del año 2004

El Programa anual de actuación estadística para el año 2004 tiene por objeto el establecimiento y la descripción precisa de las actividades estadística de interés de la Generalidad que se deben llevar a cabo durante el año 2004, en desarrollo de la Ley 23/1998, de 30 de diciembre, de estadística de Cataluña y en ejecución del Plan estadístico de Cataluña 2001-2004.

Artículo 3

Actividades estadísticas del Programa anual de actuación estadística del año 2004

3.1 Las actividades estadísticas incluidas en el Programa anual de actuación estadística para el año 2004 y que se han de llevar a cabo durante este año son las siguientes:

a) Actividades estadísticas definidas como consolidadas en la Ley 8/2001, de 14 de junio, del Plan estadístico de Cataluña 2001-2004.

b) Actividades estadísticas definidas como experimentales en la Ley 8/2001, de 14 de junio, del Plan estadístico de Cataluña 2001-2004.

c) Actividades estadísticas definidas como en proyecto en la Ley 8/2001, de 14 de junio, del Plan estadístico de Cataluña 2001-2004.

3.2 Les actividades estadísticas consolidadas, experimentales y en proyecto incluidas en el Programa anual de actuación estadística para el año 2004 figuran, con su descripción normalizada, detalladas por organismos responsables en el anexo de este Decreto.

3.3 Los estudios de opinión de interés de la Generalidad, que establece la Ley 23/2003, de 4 de julio, de modificación de la Ley 23/1998, de 30 de diciembre, de estadística de Cataluña, reguladora de la elaboración y la publicidad de las encuestas y los estudios de opinión de la Generalidad.

Artículo 4

Reglas de identificación normalizada de les actividades estadísticas del Programa anual de actuación estadística del año 2004

Les reglas de descripción normalizada de aplicación a las actividades estadísticas consolidadas, experimentales y en proyecto, incluidas en el Programa anual de actuación estadística del año 2004, son las establecidas en el anexo 2 de la Ley 8/2001, de 14 de junio, del Plan estadístico de Cataluña 2001-2004.

Artículo 5

Funciones del Instituto de Estadística de Cataluña

5.1 El Instituto de Estadística de Cataluña debe hacer el seguimiento, supervisar y homologar, si procede, la ejecución de las estadísticas incluidas en el Programa anual de actuación estadística del año 2004 y velar por el cumplimiento de la legislación sobre estadística.

5.2 El Instituto de Estadística de Cataluña debe prestar asistencia técnica a los organismos responsables de la realización de las actividades estadísticas incluidas en este Programa, a fin de garantizar el cumplimiento de los preceptos de la Ley 23/1998, de 30 de diciembre, de estadística de Cataluña, de la Ley 8/2001, de 14 de junio, del Plan estadístico de Cataluña 2001-2004, de la Ley 23/2003, de 4 de julio, de modificación de la Ley 23/1998, de 30 de diciembre, de estadística de Cataluña, reguladora de la elaboración y la publicidad de las encuestas y los estudios de opinión de la Generalidad y de lo que establezcan otras disposiciones reguladoras del Programa anual de actuación estadística para el año 2004.

Disposición transitoria única

Con la reciente aprobación de la Ley 23/2003, de 4 de julio, de modificación de la Ley 23/1998, de 30 de diciembre, de estadística de Cataluña, reguladora de la elaboración y la publicidad de las encuestas y los estudios de opinión de la Generalidad, en la que se establece que los estudios de opinión de la Generalidad podrán ser considerados estadísticas de interés de la Generalidad si son declaradas como tales por alguna de las vías que establece esta Ley; y vista la imposibilidad material de incluir en el Programa anual de actuación estadística para el año 2004 todos estos estudios, se abre un plazo excepcional, al amparo del artículo 46 de la Ley 23/1998, de 30 de diciembre, de estadística de Cataluña, de manera que estos estudios de opinión sean incluidos en un decreto de adenda del Programa anual de actuación estadística para el año 2004 que deberá ser aprobado antes del 30 de abril de 2004.

Disposiciones finales

.1 Habilitación normativa

Se faculta al consejero o a la consejera de Economía y Finanzas para dictar las disposiciones necesarias para el desarrollo, la ejecución y la aplicación de este Decreto.

.2 Entrada en vigor

Este Decreto entrará en vigor el 1 de enero de 2004.

Barcelona, 18 de noviembre de 2003

Jordi Pujol

Presidente de la Generalidad de Cataluña

Francesc Homs i Ferret

Consejero de Economía y Finanzas

Anexo

Descripción de las actividades estadísticas incluidas en el Programa anual de actuación estadística del año 2004

ÍNDEX D'ACTIVITATS ESTADÍSTIQUES

Generalitat de Catalunya

Departament de la Presidència

Estadístiques consolidades

DIRECTORI D'ENTITATS I ASSOCIACIONS DE LA DONA

DIRECTORI DE CASALS CATALANS A L'ESTRANGER

ESTADÍSTICA D'ACTUACIONS EN RADIODIFUSIÓ, TELEVISIÓ I TELECOMUNICACIONS

Estadístiques experimentals

BASE DE DADES ESTADÍSTIQUES SOBRE LA JOVENTUT DE CATALUNYA

Departament de Justícia i Interior

Estadístiques consolidades

DIRECTORI D'EDIFICIS I LOCALS JUDICIALS

DIRECTORI DE FUNDACIONS I D'ASSOCIACIONS

ESTADÍSTICA D'ASSESSORAMENT TÈCNIC A LES JURISDICCIONS CIVIL I PENAL ORDINÀRIES

ESTADÍSTICA D'ATENCIÓ A LES VÍCTIMES DE DELICTES

ESTADÍSTICA DE FUNDACIONS I ASSOCIACIONS

ESTADÍSTICA DE JUSTÍCIA JUVENIL

ESTADÍSTICA DE LA PLANTILLA ORGÀNICA DEL PERSONAL DELS COSSOS D'OFICIALS, AUXILIARS I AGENTS DE L'ADMINISTRACIÓ DE JUSTÍCIA DE CATALUNYA

ESTADÍSTICA PENITENCIÀRIA

ESTADÍSTICA D'INCENDIS I SALVAMENTS

ESTADÍSTICA DEL JOC

ESTADÍSTICA DELS ACCIDENTS DE TRÀNSIT AMB VÍCTIMES A CATALUNYA

Estadístiques experimentals

ESTADÍSTICA D'ÒRGANS JUDICIALS I FISCALIES...

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