STSJ Comunidad de Madrid 20533/2008, 16 de Julio de 2008
Ponente | MERCEDES PEDRAZ CALVO |
ECLI | ES:TSJM:2008:13389 |
Número de Recurso | 618/2005 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Número de Resolución | 20533/2008 |
Fecha de Resolución | 16 de Julio de 2008 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
T.S.J.MADRID CON/AD SEC.5
MADRID
SENTENCIA: 20533/2008
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
PROGRAMA DE ACTUACION POR OBJETIVOS
APOYO A LA SECCION QUINTA
SENTENCIA Nº 20.533
ILTMOS. SRES.:
MAGISTRADOS:
Doña Mercedes Pedraz Calvo
Doña Isabel Perelló Doménech
Doña Concepción Mónica Montero Elena
En Madrid, a 16 de julio de dos mil ocho
Visto por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, integrada por los Magistrados arriba indicados, el presente recurso en el que se impugna:
La Resolución dictada por el Tribunal Económico-administrativo Regional de Madrid de 29 de marzo de 2005
Son partes en dicho recurso:
Como recurrente: Augusto representado por el Procurador Sr. Alvarez Zancada y defendida por el Letrado Sr. Andrade Cabello.
Como demandado: la Administración representada y defendida por el Abogado del Estado.
La cuantía del presente recurso es de 1.812,31 euros.
Ha sido Ponente la Ilma. Sra. Magistrado Dª. Mercedes Pedraz Calvo
Interpuesto y admitido a trámite el presente recurso, y recibido el expediente administrativo, la parte recurrente dedujo demanda en la que, con base en los hechos y fundamentos de derecho en ella expresados, solicito de este Tribunal el dictado de una Sentencia que estimando la demanda se anulen los actos administrativos impugnados, concretamente, la nulidad de la liquidación provisional del IVA ejercicio 2000, se declare la nulidad de la liquidación provisional por IVA ejercicio 2001, por ser nula aquella liquidación de la que trae causa, confirmando las declaraciones resumen anual del IVA modelo 390 de los ejercicios 2000 y 2001 y declarando el derecho del recurrente a la devolución de la suma de 1.812,31 euros ingresada el 10 de junio de 2003 con los intereses de demora hasta que sea realizada la devolución.
En el escrito de contestación, con base en los hechos y fundamentos de derecho expresados en el mismo, el Abogado del Estado se opuso a la demanda y solicitó su desestimación con la confirmación del acto administrativo impugnado.
La Sala señaló para votación y fallo el día 10 de julio de 2008.
El orden de despacho y decisión de este proceso resulta de dar cumplimiento al Acuerdo de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial de 18 de diciembre de 2007, que confirió comisión de servicios, sin relevación de funciones, en la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid a los Magistrados que se citan en el encabezamiento de esta sentencia.
En la tramitación del presente recurso se han observado los trámites marcados por la Ley.
Se impugna en este recurso la Resolución dictada por el TEAR de Madrid el día 29 de marzo de 2005 en la reclamación 28/12096/03 interpuesta por Augusto hoy actor contra acuerdo dictado por la...
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