SAP Alicante 123/2004, 12 de Febrero de 2004

PonenteLuis Antonio Soler Pascual
ECLIES:APA:2004:350
Número de Recurso630/2003
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución123/2004
Fecha de Resolución12 de Febrero de 2004
EmisorAudiencia Provincial - Alicante, Sección 5ª

D. Visitación Pérez SerraD. Enrique García Chamón CerveraD. Luis Antonio Soler Pascual

SENTENCIA Nº 123

Ilmos.

Presidente: Dª Visitación Pérez Serra

Magistrado: D. Enrique García Chamón Cervera

Magistrado: D. Luis Antonio Soler Pascual

En la ciudadde Alicante, a doce de febrero del año dos mil cuatro

La Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Alicante, integrada por los Iltmos. Sres. expresados al margen, ha visto los autos de Juicio Verbal sobre reclamación de cantidad, seguidos en instancia ante el Juzgado de Primera Instancia nº 3 de los de Alicante con el número 281/02, y de los que conoce en grado de apelación en virtud del recurso entablado por la parte actora, Dª Mónica , representada por la Procuradora Dª Irene Ortega Ruiz y dirigida por el Letrado Dª. Esther Martín Espinos; y como partes apeladas los demandados, D. Jesús Carlos , en situación de rebeldía, y el Consorcio de Compensación de Seguros, que a través del Letrado del Estado ha formulado escrito de oposición.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia núm. 3 de Alicante en los referidos autos, tramitados con el núm. 281/02, se dictó sentencia con fecha 20 de enero de 2003, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Desestimando en su totalidad la demanda interpuesta por Dª Mónica contra el Consorcio de Compensación de Seguros y D. Jesús Carlos , debo absolver y absuelvo a estos últimos de las pretensiones de la demanda al estimarse la excepción deprescripción solicitada con condena en costas a la demandante.."

SEGUNDO

Contra dicha sentencia, se interpuso recurso de apelación por la actora en tiempo y forma, que fue admitido en ambos efectos, elevándose los autos a este Tribunal, donde quedó formando el Rollo núm. 630-A/03, tramitándose el recurso en forma legal y en el que se señaló para la deliberación y votación el día 12 de febrero de 2004 en el que tuvo lugar.

TERCERO

En la tramitación de esta instancia, en el presente proceso, se han observado las normas y formalidades legales.

VISTO, siendo Ponente el Iltmo Sr. D. Luis Antonio Soler Pascual.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Aunque se han reiterado en la sustanciación de este recurso de apelación, tanto por la parte apelante como por las partes apeladas, las pretensiones contenidas, uno, en su escrito de demanda y, otro, en su contestación en la vista oral, debe examinarse prioritariamente la excepción de prescripción planteada en su contestación por las partesdemandadas ya que, por su carácter de previa, el éxito o fracaso de la misma impedirá o permitirá entrar a conocer el fondo del asunto en litigio.

En la demanda se ejercita una acción de condena por culpa extracontractual del artículo 1902 del Código Civil, acción que conforme al artículo 1968 número dos del mismo cuerpo legal, prescribe por el transcurso de un año que se contará, dice el artículo 1969, desde el día en que la acción pudo ejercitarse, lapso temporal que se interrumpe, segúndispone el artículo 1973 CC a los efectos de su viabilidad más allá del transcurso del año natural, por su ejercicio ante los tribunales, por reclamación extrajudicial del acreedor o por cualquier acto de reconocimiento de deuda por el deudor.

Enel caso que nos ocupa, la acción se ejercita para el resarcimiento de unos daños materiales producidos con ocasión de un accidente ocurrido el día 11 de septiembre de 2000, con dinámica consistente en el alcance por maniobra de marcha atrás del vehículo camión Avia matrícula E-....-W , propiedad de D. Jesús Carlos , sin cobertura aseguratoria alguna, al vehículo de la actora matrícula A-5624-BD y a la que causó daños tasados en 963,23 euros que fueron abonados por la hoy actora, formulándose la primera reclamación de abono de daños al conductor por vía telegráfica con fecha 2 de agosto de 2001, comunicación que no produjo efectos al no poderle ser entregado en la dirección a la que se dirigió. Pues bien, la cuestión que se debate en relación a...

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