ORDEN de 25 de septiembre de 2012, del Consejero de Vivienda, Obras Públicas y Transportes, por la que se inicia el proceso de selección y se determinan diversas especificaciones, para la adjudicación de 75 viviendas sociales de la promoción EB3-0275/08-EC-000 que han quedado sin adjudicar en el municipio de Mutriku.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorVivienda, Obras Públicas y Transportes
Rango de LeyOrden

HECHOS

  1. - Mediante Orden del Consejero del Departamento de Vivienda y Asuntos Sociales de fecha 16 de abril de 2008, se regula el procedimiento de adjudicación de las viviendas de protección oficial, tal y como se recoge en el artículo 12 del Decreto 39/2008 sobre régimen jurídico de viviendas de protección pública y medidas financieras en materia de vivienda y suelo.

  2. - La Orden de 11 de marzo de 2011, del Consejero de Vivienda y Asuntos Sociales, publicada el 15 de abril de 2011 en el boletín oficial del País Vasco, iniciaba el proceso de selección para la adjudicación de 75 viviendas sociales en el municipio de Mutriku. Dichas viviendas fueron sorteadas el 7 de junio de 2011.

    En el resuelvo undécimo de dicha Orden, se recoge entre otras cosas que, las viviendas que queden sin adjudicar una vez agotada la lista de espera se adjudicarán por el Delegado Territorial de Vivienda correspondiente mediante sorteo, y que se podrá ampliar la fecha hasta la cual serán tenidas en cuenta las solicitudes de inscripción en Etxebide.

    Las listas de espera correspondientes al sorteo celebrado el 7 de junio se agotaron, y por ello, se celebró un sorteo el día 12 de julio de 2012, y otro, el día 3 de agosto; en dichos sorteos la fecha hasta las cual se tuvieron en cuenta las solicitudes de inscripción en Etxebide fue ampliada.

    Las listas de espera correspondientes a estos dos últimos sorteos también se han agotado y todavía quedan viviendas sin adjudicar.

    FUNDAMENTOS DE DERECHO

  3. - Este órgano es el competente para determinar las presentes especificaciones en virtud de lo previsto en el artículo 4 del Decreto 607/2009, de 24 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Vivienda, Obras Públicas y Transportes y en el artículo 7 de la Orden de 16 de abril de 2008, del Consejero de Vivienda y Asuntos Sociales, sobre procedimiento de adjudicación de viviendas de protección oficial.

  4. - La antedicha Orden del Consejero de fecha 16 de abril de 2008 señala lo siguiente en su artículo 7.1:

    El proceso de selección se iniciará mediante Orden del Consejero de Vivienda y Asuntos Sociales que deberá dictarse con posterioridad a la fecha de la calificación provisional de la promoción y publicarse en el Boletín Oficial del País Vasco

    .

  5. - En la Orden que iniciaba el proceso de selección de las 75 viviendas sociales de la promoción EB3-0275/08-EC-000, en el resuelvo undécimo anteriormente mencionado, se recogía lo...

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