SAP Murcia 26/2007, 9 de Marzo de 2007

PonenteJUAN ANTONIO JOVER COY
ECLIES:APMU:2007:463
Número de Recurso49/2007
Número de Resolución26/2007
Fecha de Resolución 9 de Marzo de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 4ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 4

MURCIA

SENTENCIA: 00026/2007

AUDIENCIA PROVINCIAL MURCIA. SECCIÓN CUARTA

APELACION PENAL. ROLLO Nº. 49/07

Iltmos. Sres.:

D. Carlos Moreno Millán

Presidente

D. Juan Antonio Jover Coy

D. Jaime Giménez Llamas

Magistrados

S E N T E N C I A Nº 26

En la ciudad de Murcia, a nueve de marzo de dos mil siete.

La Sección Cuarta de esta Audiencia Provincial ha visto en grado de apelación las presentes actuaciones de orden penal, rollo nº 49/07, procedentes del Juzgado de lo Penal nº 1 de Murcia y tramitadas con el nº 168/06 por las normas del Procedimiento Abreviado de la Ley Orgánica 7/88, por delito de hurto contra Jose Manuel, cuyas circunstancias personales ya constan; en virtud del recurso de apelación interpuesto por éste, que ha estado representado por la Procuradora Sra. Cárceles Alemán y defendido por la Letrada Sra. Uceda Barderas contra la sentencia de fecha 18-5-2006 dictada por el Juzgado de lo Penal nº 1 de Murcia en la causa indicada. Siendo ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. Juan Antonio Jover Coy, que expresa la convicción del Tribunal.

ANTECEDEN TES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de lo Penal nº 1 de Murcia dictó, en las actuaciones de que el presente rollo dimana, sentencia de fecha 18-5-2006 declarando probados los siguientes hechos:

ÚNICO: Que el día 5-5-05 Jose Manuel -que había sido ejecutoriamente condenado por múltiples sentencias la última de fecha 9-7-04, por sendos delitos de hurto- con propósito de obtener lucro ilícito penetró en la perfumería propiedad de MARVIMUNDO S.A., y aprovechando que había un expositor cerca de la puerta, se llevó 7 frascos de colonia tasados pericialmente en 203 Euros. El día 17-5-05, aprovechando idéntica circunstancia se apoderó también de 8 frascos tasados en 449'50 Euros.

Jose Manuel cometió estos hechos dada su dependencia al consumo de drogas, al que era adicto desde hacía años; lo que le disminuía en parte sus facultades volitivas y cognoscitivas.

SEGUNDO

Como consecuencia de ello, la expresada resolución contiene el siguiente fallo:

"Que debo condenar y condeno a Jose Manuel como autor criminalmente responsable del Delito Continuado de HURTO ya definido, a la pena de NUEVE MESES DE PRISION, con la accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, y la imposición de las costas del presente procedimiento; y todo ello con la responsabilidad civil de 652,50 Euros que deberá indemnizar a MARVIMUNDO S.A.

Al no concederse al condenado el beneficio de la Suspensión de Penas, hágasele abono -en su caso- al mismo, para el cumplimiento de la pena impuesta, del tiempo que hubiere estado privado preventivamente de libertad por razón de esta causa".

TERCERO

Contra dicha sentencia se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por la representación procesal de Jose Manuel, fundamentándolo en síntesis en error en la...

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