SAP Murcia 26/2007, 9 de Marzo de 2007
Ponente | JUAN ANTONIO JOVER COY |
ECLI | ES:APMU:2007:463 |
Número de Recurso | 49/2007 |
Número de Resolución | 26/2007 |
Fecha de Resolución | 9 de Marzo de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Murcia, Sección 4ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 4
MURCIA
SENTENCIA: 00026/2007
AUDIENCIA PROVINCIAL MURCIA. SECCIÓN CUARTA
APELACION PENAL. ROLLO Nº. 49/07
Iltmos. Sres.:
D. Carlos Moreno Millán
Presidente
D. Juan Antonio Jover Coy
D. Jaime Giménez Llamas
Magistrados
S E N T E N C I A Nº 26
En la ciudad de Murcia, a nueve de marzo de dos mil siete.
La Sección Cuarta de esta Audiencia Provincial ha visto en grado de apelación las presentes actuaciones de orden penal, rollo nº 49/07, procedentes del Juzgado de lo Penal nº 1 de Murcia y tramitadas con el nº 168/06 por las normas del Procedimiento Abreviado de la Ley Orgánica 7/88, por delito de hurto contra Jose Manuel, cuyas circunstancias personales ya constan; en virtud del recurso de apelación interpuesto por éste, que ha estado representado por la Procuradora Sra. Cárceles Alemán y defendido por la Letrada Sra. Uceda Barderas contra la sentencia de fecha 18-5-2006 dictada por el Juzgado de lo Penal nº 1 de Murcia en la causa indicada. Siendo ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. Juan Antonio Jover Coy, que expresa la convicción del Tribunal.
El Juzgado de lo Penal nº 1 de Murcia dictó, en las actuaciones de que el presente rollo dimana, sentencia de fecha 18-5-2006 declarando probados los siguientes hechos:
ÚNICO: Que el día 5-5-05 Jose Manuel -que había sido ejecutoriamente condenado por múltiples sentencias la última de fecha 9-7-04, por sendos delitos de hurto- con propósito de obtener lucro ilícito penetró en la perfumería propiedad de MARVIMUNDO S.A., y aprovechando que había un expositor cerca de la puerta, se llevó 7 frascos de colonia tasados pericialmente en 203 Euros. El día 17-5-05, aprovechando idéntica circunstancia se apoderó también de 8 frascos tasados en 449'50 Euros.
Jose Manuel cometió estos hechos dada su dependencia al consumo de drogas, al que era adicto desde hacía años; lo que le disminuía en parte sus facultades volitivas y cognoscitivas.
Como consecuencia de ello, la expresada resolución contiene el siguiente fallo:
"Que debo condenar y condeno a Jose Manuel como autor criminalmente responsable del Delito Continuado de HURTO ya definido, a la pena de NUEVE MESES DE PRISION, con la accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, y la imposición de las costas del presente procedimiento; y todo ello con la responsabilidad civil de 652,50 Euros que deberá indemnizar a MARVIMUNDO S.A.
Al no concederse al condenado el beneficio de la Suspensión de Penas, hágasele abono -en su caso- al mismo, para el cumplimiento de la pena impuesta, del tiempo que hubiere estado privado preventivamente de libertad por razón de esta causa".
Contra dicha sentencia se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por la representación procesal de Jose Manuel, fundamentándolo en síntesis en error en la...
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