El procedimiento administrativo electrónico

AutorAgustí Cerrillo
Páginas109-126
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EL PROCEDIMIENTO
ADMINISTRATIVO ELECTRÓNICO
La actividad de la administración pública se pro-
duce y manifiesta por medio del procedimiento ad-
ministrativo, que es al mismo tiempo un elemento de
garantía de los derechos e intereses de los ciudadanos
que puedan resultar afectados por la actividad de las
administraciones públicas y un elemento de garantía
de la racionalidad y el acierto de la actividad adminis-
trativa.
Tradicionalmente, los principales desarrollos
normativos de la e-administración se han dado para
regular el uso de los medios electrónicos en la tramita-
ción del procedimiento administrativo en lo que se ha
denominado procedimiento administrativo electróni-
co. Sin embargo, un análisis del desarrollo efectivo
de la e-administración muestra como éste ha sido el
ámbito en el que menos se ha avanzado hasta el mo-
mento. La tramitación telemática de los procedimien-
tos administrativos se encuentra todavía en un estadio
inicial, pero es, probablemente, el ámbito en el que
los medios electrónicos pueden tener una mayor re-
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percusión tanto con vistas a la propia administración
pública como en sus relaciones con los ciudadanos.
Como se ha apuntado anteriormente, no se pue-
de considerar que por el hecho de incorporar los me-
dios electrónicos en la tramitación del procedimiento
administrativo se conseguirá que éste sea más eficaz,
transparente o participativo. Es necesario abordar el
proceso de incorporación de los medios electrónicos
en la tramitación del procedimiento administrativo de
una manera amplia, es decir, rediseñando los procedi-
mientos y las organizaciones y reorganizando el back
office. Como se ha apuntado anteriormente, no se pue-
de considerar que por el hecho de incorporar los me-
dios electrónicos en la tramitación del procedimiento
administrativo se conseguirá que éste sea más eficaz,
transparente o participativo.
La LAECSP da algunas indicaciones al respec-
to aunque no tienen carácter básico. En particular, se
prevé que la gestión electrónica de la actividad ad-
ministrativa respetará la titularidad y el ejercicio de la
competencia por la administración pública, órgano o
entidad que la tenga atribuida y el cumplimiento de
los requisitos formales y materiales establecidos en las
normas que regulan la correspondiente actividad. A
estos efectos, y en todo caso bajo criterios de simpli-
ficación administrativa, se impulsará la aplicación de
medios electrónicos a los procesos de trabajo y la ges-
tión de los procedimientos y de la actuación adminis-

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