SAP Madrid 344/2006, 26 de Septiembre de 2006
Ponente | CARLOS MARTIN MEIZOSO |
ECLI | ES:APM:2006:14769 |
Número de Recurso | 60/2005 |
Número de Resolución | 344/2006 |
Fecha de Resolución | 26 de Septiembre de 2006 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 15ª |
ALBERTO GUMERSINDO JORGE BARREIRO MARIA PILAR OLIVAN LACASTA CARLOS MARTIN MEIZOSO
RA 60-2005
Abreviado 1042-2001
Juzgado Instrucción número 1 de Parla
AUDIENCIA PROVINCIAL
SECCIÓN DECIMOQUINTA
C/ Santiago de Compostela, 96
Tfno.: 91.4934582-83
Madrid-28071
Magistrados:
Alberto JORGE BARREIRO
Mª Pilar OLIVAN LACASTA
Carlos MARTIN MEIZOSO (ponente)
En Madrid, a 26 de septiembre de 2006
Este Tribunal ha visto en juicio oral y público la causa arriba referenciada seguida por un delito de estafa.
El Ministerio Fiscal presentó escrito de acusación provisional contra Lucas, con D.N.I. NUM000, mayor de edad y sin constancia de antecedentes penales.
La parte acusada estuvo asistida por el letrado Violeta ALONSO RAFAEL.
ANTECEDENTES PROCESALES
En la vista del juicio oral, celebrada el pasado 21 de septiembre de 2006, se practicaron las siguientes pruebas: interrogatorio de la parte acusada, declaración testifical de Franco y periciales de Juan Alberto, de Rodrigo y Evaristo.
El Ministerio Fiscal al tiempo de elevar sus conclusiones a definitivas, retiró la acusación, solicitando que las costas fueran declaradas de oficio.
La defensa de la parte acusada solicitó su libre absolución.
En el desarrollo de la actividad comercial desempeñada por Unión de Olivareros Jienenses, S.L., empresa dedicada a la comercialización del aceite de oliva, Franco, representante legal de aquella, entabló contacto con persona o personas desconocidas, las cuales adquirieron la cantidad de 1.300 litros de ese producto, que le fueron suministrados por la empresa mencionada, a cambio del pagaré número 6.306.402-1 800-6, contra la cuenta corriente nº 0200283243 de la Caixa, que a su vencimiento, el 14 de agosto de 2000, tenía saldo cero, así como durante todo ese mes.
El acusado, Lucas, con D.N.I. NUM000 y mayor de edad, firmó el referido pagaré sugestionado y convencido por la persona o personas desconocidas citadas anteriormente, aprovechando que padece un trastorno mixto de personalidad de evolución tórpida.
MOTIVACIÓN
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Sobre los hechos:
El suministro del aceite ha quedado acreditado por la inequívoca declaración de Franco, quien depuso en el juicio, de forma sincera, explicando como las negociaciones se mantuvieron por un comercial de su empresa, con una o varias personas...
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