EDICTO del Juzgado de Primera Instancia núm. 5 de Badalona, sobre autos de juicio verbal (exp. 890/2010).
Sección | Administración de Justicia |
Emisor | Juzgados de primera instancia e instrucción |
Rango de Ley | Edicto |
EDICTO
del Juzgado de Primera Instancia núm. 5 de Badalona, sobre autos de juicio verbal (exp. 890/2010).
D/ña. Celso Gonzalez Voces Secretario Judicial del Juzgado Primera Instancia 5 Badalona (ant.CI-9)
HAGO SABER:
Que en este Juzgado se tramitan bajo núm. 890/2010 actuaciones de Juicio verbal a instancia de C.P. AVINGUDA MARTI PUJOL 150 BADALONA representado por el Procurador/a Sr/a. JESUS MILLAN LLEOPART contra Abdon Arevalo Alvarez y Montserrat Gil Quirosa sobre en los que en resolución dictada el dia de la fecha se ha acordado notificar por edictos ABDON AREVALO ALVAREZ Y MONTSERRAT GIL QUIROSA por ignorarse su paradero, la sentencia y auto de rectificación de sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:
S E N T E N C I A
En Badalona a 14 de julio de 2010
MIREIA ALARCÓN UBIERNA, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia número 5 de Badalona, habiendo visto los autos de Juicio verbal nº 890/10, seguidos a instancia de COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DE LA AVINGUDA MARTÍ PUJOL Nº 150 DE BADALONA, representada por el Procurador Jesús MIllán, asistida del Letrado Joan Manel Olivares, contra ABDON AREVALO ALVAREZ Y MONTSERRAT GIL QUIROSA, declarada en rebeldía, en el ejercicio de las Potestades que le atribuyen la Constitución y las Leyes de España dicta la presente resolución, que se basa en los siguientes:
F A L L O
ESTIMO la demanda deducida por COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DE LA AVINGUDA MARTÍ PUJOL Nº 150 DE BADALONA, contra ABDON AREVALO ALVAREZ Y MONTSERRAT GIL QUIROSA y, en consecuencia condeno a los demandados a pagar a la actora la cantidad de 692,73.- euros, más el interés legal en los términos expuestos en el fundamento de derecho primero. Todo ello con imposición de costas a los demandados.
Así, juzgando definitivamente en esta instancia y por esta mi Sentencia, de la que se unirá certificación a la causa, y contra la que cabe interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días, lo pronuncio, mando y firmo.
PUBLICACION.- La anterior Sentencia, ha sido dada, leída y publicada por la Magistrada-Juez que la suscribe hallándose celebrando audiencia pública en el día de su fecha. Doy fe.-
A U T O (RECTIFICA SENTENCIA Nº 133/2010)
Magistrada Jueza que lo dicta: Mireia Alarcón Ubierna
Lugar: Badalona
Fecha: 28 de julio de 2010
Los dos anteriores escritos únanse y,
ANTECEDENTES DE HECHO
ÚNICO.- En el presente procedimiento el día 14-7-2010 se dictó Sentencia y el procurador de la actora, el Sr. Jesús...
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