SAP Madrid 242/2006, 21 de Julio de 2006
Ponente | EDUARDO VICTOR BERMUDEZ OCHOA |
ECLI | ES:APM:2006:10393 |
Número de Recurso | 277/2006 |
Número de Resolución | 242/2006 |
Fecha de Resolución | 21 de Julio de 2006 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 3ª |
EDUARDO VICTOR BERMUDEZ OCHOA
AUDIENCIA PROVINCIAL ROLLO APELACION: 277/06
SECCIÓN TERCERA JUICIO FALTAS: 50/06
MADRID J. I. Nº 8 - ALCALA DE HENARES
SENTENCIA NUM: 242
En Madrid, a 21 de julio de 2006.
El Ilmo. Sr. D. Eduardo Víctor Bermúdez Ochoa, Magistrado de la Sección 3ª de la Audiencia Provincial, actuando como Tribunal Unipersonal en turno de reparto, ha visto en segunda instancia, ante ésta Sección Tercera, la presente apelación contra Sentencia dictada por el Juzgado de Instrucción nº 8 de los de Alcalá de Henares, en el Juicio de Faltas seguido ante dicho Juzgado bajo el número 50/06, habiendo sido partes como apelante Ildefonso, y como apelado el Ministerio Fiscal.
El Juzgado de Instrucción nº 8 de los de Alcalá de Henares en el Juicio de Faltas antes mencionado dictó Sentencia con fecha 17 de Mayo de 2006, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: " debo condenar y condeno a D. Ildefonso como autor responsable de una falta tipificada en el artículo 617.1 del Código Penal a la pena de 30 días de multa con cuota diaria de 6 euros e indemnización a favor de D. Santiago de 300 euros, con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago, condenándole también al pago de las costas procesales.
El condenado no satisface la multa voluntariamente o por vía de apremio, quedará sujeto a una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas".
Notificada dicha Sentencia a las partes personadas, por Ildefonso se interpuso Recurso de Apelación, haciendo las alegaciones que se contienen en su escrito del Recurso que aquí se tienen por reproducidas, dándose traslado del escrito de apelación por el Juez de Instrucción a las demás partes personadas por el plazo de diez días comunes para que pudieran adherirse o impugnarlo.
Recibido el procedimiento en esta Audiencia y Sección Tercera el día 19 de julio de 2006, se acordó la formación del Rollo, al que correspondió el número 277/06, acordándose por la Sala se dictase la resolución correspondiente por el Magistrado Unipersonal reseñado al principio de la presente.
Se aceptan y dan por reproducidos íntegramente los que como tales figuran en la Sentencia apelada.
La valoración realizada por el órgano judicial...
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