SAP Murcia 194/2006, 13 de Julio de 2006
Ponente | ABDON DIAZ SUAREZ |
ECLI | ES:APMU:2006:1868 |
Número de Recurso | 11/2006 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 194/2006 |
Fecha de Resolución | 13 de Julio de 2006 |
Emisor | Audiencia Provincial - Murcia, Sección 2ª |
SENTENCIA nº 194/2006 Ilmos Sres.:
Don Abdón Díaz Suárez
Presidente
Dª María Jover Carrión
Don Jaime Jiménez Llamas
Magistrados
En Murcia, a trece de julio de dos mil seis.
Habiendo visto en grado de apelación la Sección Segunda de esta Ilma. Audiencia Provincial los autos de Ejecución de Títulos No Judiciales num. 823/05 que en primera instancia se han seguido en el Juzgado de Primera Instancia num. Once de Murcia, entre partes, como actora y ahora apelante INSTITUTO DE CRÉDITO OFICIAL, representada por el Procurador Sr. Jiménez Martínez y defendida por el Letrado Sr. Pérez Broseta, y como demandado y ahora apelado D. David , representada en la instancia por el Procurador Sr. Aledo Martínez y defendido por el Letrado Sr. Espadas Hernández. Siendo Ponente el Ilmo. Sr. Don Abdón Díaz Suárez, que expresa la convicción del Tribunal. A N T E C E D E N T E S D E H E C H O
El Juzgado de Instancia citado, con fecha 22 de julio de 2005 dictó en los autos principales de los que dimana el presente Rollo la resolución cuya parte dispositiva dice así: "Que estimando la oposición formulada por el Procurador Don Francisco Aledo Martínez en nombre y representación de Don David contra la ejecución despachada en estos autos a instancia de Instituto de Crédito Oficia, representada por el Procurador Don Carlos Jiménez Martínez, debo ordenar y ordeno que sigua adelante la ejecución exclusivamente por la cantidad de mil ochocientos tres euros con cuatro céntimos (1.803,04 euros) más los intereses de mora de dicha cantidad al tipo del 13% pactado desde el día 29 de octubre de 2002 hasta el momento del pago, en este caso, de la consignación obrante en autos, aprovechando la oposición así ganada al resto de los co-ejecutados, con imposición de las costas procesales a la parte ejecutante."
Contra la anterior sentencia y en tiempo y forma se interpuso recurso de apelación por la demandante, pidiendo la revocación de la sentencia. Admitido a trámite el recurso, se dio traslado a la otra parte, quien presentó escrito oponiéndose al recurso, pidiendo la confirmación de la sentencia recurrida.
Por el Juzgado de instancia se elevaron las actuaciones a ésta Ilma. Audiencia Provincial, turnándose a la Sección Segunda, formándose el Rollo nº 11/06. Por resolución se acordó traer los autos a la vista para dictar sentencia, señalándose el día 5 de julio de 2006 para deliberación, votación y fallo.
En la sustanciación de ambas instancias se han observado las prescripciones legales.
La resolución recurrida condena a los ejecutados a abonar el capital del préstamo pendiente de pago, declara prescritos los intereses remuneratorios reclamados y, respecto a los intereses de demora, declara aplicable a los mismos...
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