Decreto 103/2014, de 10 de junio, por el que se disponen nombramientos y prórrogas de Presidentes de Juntas Rectoras de Parques Naturales de Andalucía y de los Patronatos de las Reservas Naturales de las Lagunas de Cádiz y del Paraje Natural Marismas del Odiel.

Sección2. Autoridades y Personal
EmisorConsejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio
Rango de LeyDecreto

La Ley 2/1989, de 18 de julio, por la que se aprueba el Inventario de Espacios Naturales Protegidos de Andalucía y se establecen medidas adicionales para su protección, dispone en su artículo 20.1 que los Parques Naturales contarán con una Junta Rectora como órgano colegiado de participación con la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio. En su artículo 19.2 establece que los espacios naturales protegidos inscritos en Convenios o Acuerdos Internacionales tendrán un Patronato con las funciones previstas para los órganos colegiados de participación de los Parques Naturales.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.2 de la citada Ley, los Presidentes de las Juntas Rectoras serán nombrados por el Consejo de Gobierno a propuesta de la persona titular de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio. A tal efecto la Junta Rectora propondrá a tres personas. La presidencia se ejercerá durante un período de cuatro años, pudiendo prorrogarse por igual plazo a propuesta de la propia Junta Rectora.

El Decreto 239/1997, de 15 de octubre, por el que se regula la constitución, composición y funciones de las Juntas Rectoras, establece en su artículo 4.1 que la Junta Rectora propondrá por mayoría absoluta en primera votación, o por mayoría simple en segunda, como candidatos para la presidencia a tres personas de reconocido prestigio y competencia en materia territorial y ambiental.

Por su parte, la Ley 2/1987, de 2 de abril, de declaración de doce lagunas como Reservas Integrales Zoológicas en la Provincia de Cádiz, dispone en su artículo 10.2 la constitución de un Patronato para dichas Reservas Integrales. Así mismo, de conformidad con lo dispuesto en el punto 1.3.3 de las Normas Relativas a la Administración y Gestión de las Reservas Naturales contenidas en el Anexo del Decreto 417/1990, de 26 de diciembre, por el que se aprueba el Plan Rector de las Reservas Naturales de las Lagunas de Cádiz, el Presidente del Patronato será designado por el Consejo de Gobierno a propuesta de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio.

Así mismo, la Ley 12/1984, de 19 de octubre, de declaración de las Marismas del Odiel como Paraje Natural y de la Isla de Enmedio y la Marisma del Burro como reservas integrales, establece en su artículo 7.1 la creación de un Patronato. En su artículo 7.2 de la citada Ley establece que el Presidente de este Patronato será designado por el Consejo de...

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