Decreto 18/2003, de 22 de septiembre, del Presidente de las Illes Balears, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Consejería de Presidencia y Deportes.

Sección1.- Disposiciones generales
EmisorPresidencia de las Illes Balears
Rango de LeyDecreto

El artículo 11.c de la Ley 4/2001, de 14 de marzo, del Gobierno de las Illes Balears, dispone que corresponde al Presidente, como responsable de la dirección del Gobierno, «Crear y extinguir las consejerías, así como establecer su denominación y sus competencias».

Según el artículo 28.3.a) de la citada ley, el Presidente de la comunidad autónoma puede dictar reglamentos, entre otros, en el caso de «creación y extinción de las consejerías, incluida la modificación de la denominación y de las competencias que les corresponden».

Per otro lado, según el artículo 22 de esta ley, corresponde a los consejeros «ejercer todas las competencias que les atribuya la legislación vigente».

El artículo 8 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la administración de la comunidad autónoma de las Illes Balears, establece en el apartado 1 que «las consejerías para el ejercicio de sus funciones, se estructuran en Secretaria General y direcciones generales».

Así mismo, el apartado 2 establece que «la estructura básica de las consejerías se tiene que aprobar por decreto del Presidente del Gobierno de las Illes Balears».

Los artículos 14 y 15 de esta ley disponen respectivamente que «los secretarios generales son los órganos directivos encargados de la gestión de los servicios comunes, y también de las funciones de asesoramiento jurídico y de apoyo técnico» y que «los directores generales son los órganos directivos encargados de la gestión de una o diversas áreas funcionalmente homogéneas de cada consejería».

El Decreto 6/2003, de 30 de junio, del Presidente de las Illes Balears, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Vicepresidencia y de las consejerías del Gobierno de las Illes Balears, fija en su apartado 6 los siguientes órganos directivos de la Consejería de Presidencia y Deportes: -Secretaria General -Dirección General de Juventud -Dirección General de Deportes -Dirección General de Planificación y Ordenación Social -Dirección General de la Oficina de Defensa de los Derechos del Menor -Dirección General de Menores y Familia -Dirección General de Cooperación -Dirección General de Relaciones Europeas y para la Mediterránea -Dirección General de Presidencia En cuanto a sus competencias y funciones, el citado artículo hace una referencia genérica a las que tienen asignadas las extintas Consejería de Bienestar Social y parte de las de la Consejería de Presidencia, sin hacer una descripción exhaustiva de éstas, y haciendo solamente una remisión a las órdenes y a los decretos vigentes.

Por razones de organización y de oportunidad se considera conveniente realizar los siguientes cambios en la estructura de la Consejería de Presidencia y Deportes: 1. Modificar las funciones de la Dirección General de Presidencia, restando únicamente con las propias de apoyo al Presidente de las Illes Balears. En cuanto al resto de las funciones que hasta ahora tenia encomendadas, éstas se atribuyen a otras direcciones generales de la Consejería de Presidencia y Deportes, con excepción de las relativas al protocolo y a la coordinación de todas las áreas de gestión directamente relacionadas con el presidente, que serán ejercidas por la Dirección General del Gabinete Técnico del Presidente, y las relativas a las relaciones ciudadanas y con las organizaciones representativas de intereses sociales, que serán ejercidas por la Dirección General de...

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