DECRETO 85/1989, de 19 de mayo, de la Presidencia de la Junta de Castilla y León, de Reestructuración de Consejerías.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorPresidencia
Rango de LeyDecreto

Fecha del Boletín: 19-05-1989 Nº Boletín: 96 / 1989

DECRETO 85/1989, de 19 de mayo, de la Presidencia de la Junta de Castilla y León, de Reestructuración de Consejerías.

El artículo 28 de la Ley de Gobierno y Administración de Castilla y León, Texto Refundido de 21 de julio de 1988, autoriza en su apartado 2, que por Decreto de la Presidencia de la Junta, se podrán crear, modificar, suprimir o fusionar Consejerías, dentro de los límites establecidos en el Estatuto de Autonomía.

La necesidad de conseguir una mayor eficacia en las tareas politico - administrativas y la puesta en ejecución del programa de Gobierno, aconseja modificar las competencias de algunas Consejerías y la creación de una nueva, con objeto de racionalizar el ejercicio de las funciones correspondientes.

En su virtud y en uso de las facultades atribuidas

DISPONGO:

Artículo único La Administración de la Comunidad Autónoma, se organiza en las siguientes Consejerías:

- Presidencia y Administración Territorial.

- Economía y Hacienda.

- Fomento.

- Cultura y Bienestar Social.

- Agricultura y Ganadería.

- Medio Ambiente y Ordenación del Territorio.

DISPOSICION ADICIONAL

Hasta la entrada en vigor de la necesaria reestructuración orgánica, que deberá aprobarse por Decreto de la Junta, de conformidad con lo establecido por los artículos 29 y 33 de la Ley de Gobierno y de la Administración de Castilla y León, Texto Refundido de 21 de julio de 1988, todos los órganos actualmente existentes con rango inferior a Consejero, conservarán su denominación y atribuciones, bajo la dependencia de las Consejerías que se disponen en este Decreto.

DISPOSICION TRANSITORIA

Los funcionarios y demás personal afectado por las modificaciones establecidas en este Decreto, seguirán percibiendo sus retribuciones con cargo a los créditos presupuestarios a los que venían imputándose, hasta que se proceda a las correspondientes adaptaciones presupuestarias.

DISPOSICION DEROGATORIA

Quedan derogadas todas las disposiciones de igual o inferior rango que se opongan a lo regulado en el presente Decreto.

DISPOSICIONES FINALES

Primera.- Se autoriza...

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