SAP Madrid 746/2004, 2 de Diciembre de 2004
Ponente | PEDRO POZUELO PEREZ |
ECLI | ES:APM:2004:15494 |
Número de Recurso | 823/2003 |
Número de Resolución | 746/2004 |
Fecha de Resolución | 2 de Diciembre de 2004 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 18ª |
D. PEDRO POZUELO PEREZD. JESUS CELESTINO RUEDA LOPEZDª. ROSA MARIA BROBIA VARONA
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 18
MADRID
SENTENCIA: 00746/2004
Rollo: RECURSO DE APELACION 823 /2003
Proc. Origen: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 324 /2002
Órgano Procedencia: JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 63 de MADRID
PONENTE:SR. PEDRO POZUELO PÉREZ
APELANTE: Rodrigo
PROCURADOR: SIN PROFESIONAL ASIGNADO
APELADO: FASERTRANS, S.L.
PROCURADOR: GABRIEL MARIA DE DIEGO QUEVEDO
En MADRID , a dos de diciembre de dos mil cuatro
ILMOS. SRES. MAGISTRADOS:
ILMO. SR. D. PEDRO POZUELO PÉREZ
ILMO. SR. D. JESÚS RUEDA LÓPEZ
ILMA. SRA. Dª. ROSA BROBIA VARONA
La Sección Decimoctava de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos sobre reclamacion de cantidad, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 63 de Madrid, seguidos entre partes, de una, como apelante-demandante D. Rodrigo, y de otra, como apelado- demandado Cid Leon, S.L., representado por la Sra. Garcia Rodriguez, y Faser Trans, S.L., representada por el Sr. De Diego Quevedo, seguidos por el trámite del Juicio Ordinario.
Visto, siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. PEDRO POZUELO PÉREZ.
La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.
Por el Juzgado de 1ª Instancia nº 63 de Madrid, en fecha 25 de Julio de 2003, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimando la excepción de prescripción alegada por las demandadas y desestimando como desestimo la demanda promovida por la Procuradora Doña Mª Pilar Moyano Nuñez, en nombre y representación de Don Rodrigo, seguidos contra Cid Leon, S.L. representada por la Procuradora Doña Alicia Garcia Rodriguez, y contra Faser Trans, S.L. representada por el Procurador Don Gabriel de Diego Quevedo, debo absolver y absuelvo a los demandados de cuantas peticiones se realizaron de contrario en el escrito de demanda. Todo ello haciendo expresa imposición de las costas a la parte actora".
Por la parte actora se interpuso recurso de apelación contra la meritada sentencia, admitiéndose a trámite y sustanciándose por el Juzgado conforme a la Ley 1/2000, se remitieron los autos a esta Audiencia.
Que recibidos los autos en esta Sección se formó el oportuno rollo, en el que se siguió el recurso por sus trámites. Quedando en turno de señalamiento para la correspondiente deliberación, votación y fallo, turno que se ha cumplido el día 25 de Noviembre de 2004.
En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.
Que la cuestión litigiosa tal y como ha llegado a esta alzada viene constituida por la aplicacion del art. 1974 del C.C. y...
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