SAN, 11 de Octubre de 2007
Ponente | JOSE ALBERTO FERNANDEZ RODERA |
Emisor | Audiencia Nacional. Sala Contencioso Administrativo, Sección 8ª |
ECLI | ES:AN:2007:4799 |
Número de Recurso | 26/2007 |
SENTENCIA EN APELACION
Madrid, a once de octubre de dos mil siete.
Vistos los autos del recurso de apelación nº 26/07, que ante esta Sala de lo Contencioso-
Administrativo de la Audiencia Nacional, ha promovido la Procuradora Dª. MYRIAM ÁLVAREZ DEL
VALLE LAVESQUE, en nombre y representación de D. Jose Augusto, frente
a la Administración General del Estado, representada por el Sr. Abogado del Estado, contra
sentencia del Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo núm. 8, de 30 de enero de 2007
(que después se describirá en el primer Fundamento de Derecho), siendo Magistrado Ponente el
Ilmo. Sr. D. JOSÉ ALBERTO FERNÁNDEZ RODERA.
Por el recurrente expresado se interpuso recurso de apelación, mediante escrito presentado el 26 de febrero de 2007, contra la resolución antes mencionada, acordándose su admisión por Providencia de 27 de febrero de 2007.
La parte dispositiva del auto impugnado reza así:
"ESTIMAR EN PARTE el presente incidente de ejecución ordenando su archivo y declarando que la sentencia referida ha sido correctamente ejecutada por la Administración, y también ordenándole que dicte una nueva resolución en el plazo máximo de un mes, donde adopte los pronunciamientos que sean oportunos sobre las circunstancias acaecidas fuera del periodo temporal controvertido, y en concreto que se pronuncie sobre si procede o no la resolución de los derechos de prejubilación en atención a los elementos de hecho acaecidos después de dictarse el acto administrativo inicialmente impugnado, resolución que el interesado podrá impugnar en nuevo recurso contencioso-administrativo si estima que es conforme a Derecho. Sin costas."
Por Providencia de esta Sala, se señaló para votación y fallo de este recurso el día 9 de octubre de 2007, en el que se deliberó y votó, habiéndose observado en la tramitación las prescripciones legales.
Se recurre en apelación Auto del Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo núm. 8, de 30 de enero de 2007, recaído en incidente de ejecución de sentencia, reproduciéndose el tenor de su parte dispositiva en los Antecedentes de Hecho de la presente resolución.
Los motivos del recurso de apelación se centran, en síntesis, en que aun compartiéndose el razonamiento del juzgador no se está de acuerdo con la parte dispositiva, porque ordena a la Administración que se pronuncie sobre...
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