Corrección de errores del Real Decreto 2711/1980, de 4 de diciembre, por el que se reestructuran los capítulos del Arancel de Aduanas 3 (Pescados, crustáceos y moluscos) de la sección I, 15 (Grasas y aceites, animales y vegetales, etc.) de la sección III, 22 (Bebidas, líquidos alcohólicos y vinagre) de la sección IV, 68, 69 y 70, de la sección XIII (Manufacturas de piedra, yeso, etc.; productos cerámicos, vidrio y manufacturas de vidrio), 71 de la sección XIV (Perlas finas, piedras preciosas y semipreciosas y similares, metales preciosos, etc.), 93 de la sección XIX (Armas y municiones) y 94 a 98 de la sección XX (Mercancías y productos diversos; muebles, manufacturas de talla, cepillería, juguetes, etcétera).

MarginalBOE-A-1981-8359
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Economia y Comercio
Rango de LeyCorrección

Advertido error en el texto remitido como anejo del Real Decreto 2711/1980, de 4 de diciembre, inserto en el «Boletín Oficial del Estado» número 304, de 19 de diciembre de 1980, se transcribe a continuación la rectificación correspondiente a la partida arancelaria afectada:

Página 28013, P. A. 94.0I.A, primera línea del párrafo único, donde dice: «Sillas y...

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