Orden ITC/1306/2005, de 29 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de becas para la realización de prácticas de comercio exterior en asociaciones españolas de exportadores.

Fecha de Entrada en Vigor13 de Mayo de 2005
MarginalBOE-A-2005-7757
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Industria, Comercio y Turismo
Rango de LeyOrden

ORDEN ITC/1306/2005, de 29 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de becas para la realización de prácticas de comercio exterior en asociaciones españolas de exportadores.

La necesidad por parte de la Secretaría General de Comercio Exterior de dotar a las Asociaciones españolas de Exportadores, en cuanto Entidades Colaboradoras de la Administración, de recursos humanos especializados en comercio exterior que colaboren en la mejora e incremento de las actividades informativas y promocionales que aquéllas realizan, así como la conveniencia de completar la capacitación de jóvenes en el conocimiento de los distintos sectores exportadores españoles, justifican la concesión de las becas para la realización de prácticas de comercio exterior en Asociaciones españolas de Exportadores.

En consecuencia y de conformidad con lo dispuesto en el art. 17 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y demás normativa concordante, que regula la forma y requisitos para el otorgamiento de las subvenciones públicas, dispongo:

Primero.-Se establecen las bases reguladoras de la concesión de becas para la realización de prácticas de comercio exterior en Asociaciones españolas de Exportadores que figuran en el Anexo I.

Segundo.-Se autoriza al Secretario General de Comercio Exterior para que, mediante Resolución publicada en el Boletín Oficial del Estado, convoque becas el año actual y en el futuro, de acuerdo con las bases establecidas en el Anexo I.

Tercero.-Queda derogada la Orden de 16 de Julio de 2001 por la que se establecían las bases reguladoras de la concesión de becas para la realización de prácticas en Asociaciones españolas de Exportadores y se aprobaba la convocatoria para el año 2002.

Cuarto -La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 29 de marzo de 2005.

MONTILLA AGUILERA

ANEXO I

Bases reguladoras para la convocatoria y concesión de becas para la realización de prácticas de comercio exterior en Asociaciones españolas de Exportadores

Primera. Objeto de las becas.-Las becas persiguen un doble objetivo: ayudar a las Asociaciones de Exportadores en el desarrollo de su labor de promoción del comercio exterior y completar la capacitación en promoción comercial de los becarios.

Para ello, los becarios colaborarán en las actividades de promoción comercial a realizar por la Asociación de exportadores correspondiente y tareas conexas, como la elaboración de estudios de mercado, organización de estadísticas de comercio exterior y bases de datos, así como en la realización de estudios e informes que la Asociación deba presentar a la Administración General del Estado y en particular a la Secretaría General de Comercio Exterior y al Instituto Español de Comercio Exterior (ICEX).

Segunda. Requisitos de los beneficiarios.-Podrán ser beneficiarios de las becas previstas en la presente Orden todas aquellas personas de nacionalidad española, de edad no superior a los treinta y cinco años, que se encuentren antes de finalizar el plazo de presentación de solicitudes, en posesión, al menos, del titulo de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o equivalente; se valorarán las titulaciones en Ciencias Económicas, Empresariales, Derecho e Ingeniería. Los títulos conseguidos en el extranjero o en centros españoles no estatales deberán estar convalidados o reconocidos.

Además, deberán reunir los siguientes requisitos:

  1. Dominio del idioma inglés.

  2. No padecer enfermedad o impedimento físico o psíquico que imposibilite el cumplimiento de las obligaciones como becario.

  3. Acreditar una experiencia práctica de, al menos, un año en actividades relacionadas con la promoción comercial en mercados extranjeros o con la internacionalización de la empresa española.

  4. Posibilidad de dedicación completa a las tareas a desempeñar como contrapartida de la beca.

  5. Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.

  6. No estar incursos en ninguna de las causas de inhabilitación previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

    Tercera. Convocatorias.-El...

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