ORDEN FORAL 105/2009, de 14 de abril, del Consejero de Relaciones Institucionales y Portavoz del Gobierno, por la que se crea el censo de asociaciones de personas inmigrantes de Navarra y se aprueban las normas que lo rigen.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

El Departamento de Relaciones Institucionales y Portavoz del Gobierno, según establece el artículo 1 del Decreto Foral 120/2007, de 3 de septiembre, por el que se establece su estructura orgánica, está encargado del impulso y coordinación general de las políticas públicas de atención a la inmigración.

En este sentido, por Decreto Foral 91/2006, de 18 de diciembre, se creó la Oficina de Atención a la Inmigración, adscrita al Departamento de Relaciones Institucionales y Portavoz del Gobierno. Entre las funciones encomendadas a la misma se encuentra la de informar, orientar y asesorar a la población inmigrante, así como la de promover actuaciones de sensibilización de la opinión pública en relación al fenómeno migratorio, en colaboración con entidades, organizaciones y asociaciones implicadas en este ámbito.

Las asociaciones de personas inmigrantes que desarrollan su actividad en Navarra, representan en mayor o menor grado a la población inmigrante asentada en nuestra comunidad y son actualmente el único vínculo colectivo a través del cual la administración y también las entidades de iniciativa social, podemos conocer los problemas, las inquietudes y las expectativas que las personas inmigradas sienten en su proceso de integración, además de cómo perciben a las personas e instituciones de la sociedad Navarra.

El movimiento asociativo de personas inmigrantes en nuestra comunidad, tiene unas características comunes a otras comunidades autónomas, es un movimiento incipiente, atomizado y todavía con poca representatividad, en definitiva, frágil. Estas características contrastan con la importancia de la función que deben desempeñar como dinamizadores del proceso de integración social.

En este sentido la Oficina de Atención a la Inmigración ha planteado distintas acciones para fortalecer el tejido asociativo, entre las que ahora se considera necesario crear un censo de asociaciones de personas inmigrantes en Navarra con tres objetivos fundamentales:

-Potenciar y promocionar el asociacionismo entre el colectivo de la población inmigrante asentada en Navarra.

-Incentivar, a través de las asociaciones, la participación activa de la población inmigrante en la sociedad Navarra, así como su integración social.

-Por último, servir de apoyo a las asociaciones de personas inmigrantes en el cumplimiento de las tareas propias del movimiento asociativo.

Se ha de destacar que la inscripción de las asociaciones en el censo es potestativa y en ningún caso sustitutiva de la debida inscripción legal en el registro correspondiente, configurándose como un mero instrumento de mejora de la gestión de las asociaciones en sus relaciones con la Administración de la Comunidad Foral, que se incentiva mediante una serie de beneficios a favor de las asociaciones que decidan solicitar su inscripción.

Todo ello aconseja la creación de un censo específico de asociaciones de personas inmigrantes de Navarra, con la intención de lograr una mayor coordinación y eficacia de las acciones que se realicen en esta materia.

En virtud de las competencias que me confiere el Decreto Foral 120/2007, de 3 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Relaciones Institucionales y Portavoz del Gobierno,

ORDENO:

Artículo 1 Creación y adscripción.
  1. Se crea el Censo de Asociaciones de Personas Inmigrantes de Navarra, con el fin de configurar un registro actualizado que permita una mejor coordinación y eficacia de las acciones que se realicen en esta materia.

  2. El Censo de Asociaciones de Personas Inmigrantes de Navarra se adscribe a la...

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