SAP Zamora 129/2007, 24 de Mayo de 2007
Ponente | ANDRES MANUEL ENCINAS BERNARDO |
ECLI | ES:APZA:2007:133 |
Número de Recurso | 78/2007 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 129/2007 |
Fecha de Resolución | 24 de Mayo de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Zamora, Sección 1ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL
DE
Z A M O R A
Rollo nº: RECURSO DE APELACIÓN 78/07
Nº Procd. Civil : 559/06
Procedencia : Primera Instancia de Zamora nº 3
Tipo de asunto : Verbal
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Este Tribunal compuesto por los Señores Magistrados que se expresan al margen, han
pronunciado
E N N O M B R E D E L R E Y
la siguiente
S E N T E N C I A Nº 129
Ilustrísimos/as Sres/as
Presidente/a
D. LUIS BRUALLA SANTOS FUNCIA.
Magistrados/as
D.PEDRO JESÚS GARCIA GARZON
D.ANDRES MANUEL ENCINAS BERNARDO.
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En la ciudad de ZAMORA, a veinticuatro de Mayo de dos mil siete.
Vistos ante esta Ilustrísima Audiencia Provincial en grado de apelación los autos de JUICIO VERBAL 0000559 /2006, seguidos en el JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.3 de ZAMORA, RECURSO DE APELACION (LECN) 0000078 /2007; seguidos entre partes, de una como apelante D. Carlos Antonio, dirigido/s por la Letrada Dª. MARIA JESUS PORTO URUEÑA, y de otra como apelado D. Sergio, dirigido por el/la Letrado/a D. GREGORIO GOMEZ GARCIA.
Actúa como Ponente, el/la Iltmo/a. Sr/Sra. D. ANDRES MANUEL ENCINAS BERNARDO.
A N T E C E D E N T E S D E H E C H O
Por el JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.3 de ZAMORA, se dictó sentencia de fecha 27 de noviembre de 2006, cuya parte dispositiva, dice: "FALLO: "Que desestimando la demanda interpuesta por Don Carlos Antonio contra Don Sergio, debo absolver y absuelvo al demandado de las pretensiones frente a él deducidas, imponiendo las costas del presente pleito al demandante. ".
Contra mencionada resolución interpuso la parte demandante el presente recurso de apelación que fue sustanciado en la instancia de conformidad con lo establecido en el art. 457 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil ; se elevaron los autos, correspondiendo a este Tribunal su resolución, dando lugar a la formación del presente rollo y, no habiéndose celebrado vista pública ni solicitado práctica de prueba, quedó el procedimiento para votación y fallo, señalándose el día 19 de abril de 2007.
En la tramitación del recurso se han observado y cumplido todas las prescripciones de carácter legal.
Se aceptan los razonamientos de la sentencia de instancia, en tanto no resulten modificados por los siguientes.
Por Carlos Antonio, se impugna la sentencia alegando infracción de los artículos 6, 10, 13 de la Ley de Mediación de Seguro y del art. 22 de la LCS.
De las pruebas practicadas, resulta acreditado: 1.- Que Sergio tenía concertado el seguro de responsabilidad civil de su automóvil Citroen Xantia 1.8I SX, matrícula RU-....-U con la entidad de seguros La Estrella. 2.- Según certificado de dicha aseguradora, el tomador ha venido pagando las primas a sus vencimientos, que se producían los 27 de marzo de cada año, Así: 27/3/00 a 27/3/01, 27/3/01 a 27/3/02, 27/302 a 27/3/03, 27/3/03 a 27/3/04, 27/3/04 a 37/3/05 y 27/3/05 a 27/3/06, por los siguientes importes: 257,37€, 280,45€, 308,14#€, 319,76€, 335,30€, y 347,79€, respectivamente, habiendo devuelto el recibo correspondiente a la prima vencimiento 27/3/06 a 27/3/07 por importe de 360,423€ (así resulta del certificado de la cuenta de Caja España). 3.- Asimismo el hoy apelante es agente de seguros de la Estrella y tiene encomendada la póliza del apelado n º NUM000. 4.- Consta probado que el agente ha liquidado la prima que reclama a la aseguradora la Estrella. 5.- Del interrogatorio del demandado resulta que admite que ha ido pagando cada año los recibos que le pagaban, mediante la domiciliación en la cuenta de Caja España, fue a seguros La estrella de que se iba a dar de baja el seguro, se dio de alta en seguros Pelayo el 27/3/06 y el 28 de marzo le giran el recibo de la Estrella.
Para resolver el motivo de impugnación es necesario partir de la ...
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SAP Madrid 47/2012, 26 de Enero de 2012
...deberían haber sido dadas a la asegurada encuanto recibieron su carta. ". En el mismo sentido, la Sentencia de la Audiencia Provincial de Zamora de 24 de mayo de 2.007 (JUR 2007129.5376), conforme a la cual en caso de haber ocurrido un siniestro ninguna utilidad le hubiera supuesto al asegu......