Poligamia y pensión de viudedad. Sentencia del Tribunal Supremo (sala de lo Contencioso-Administrativo) de 17 de diciembre de 2019

AutorPilar Charro Baena, Sergio González García
CargoCatedrática de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social Universidad Rey Juan Carlos/Profesor Ayudante Doctor Universidad Rey Juan Carlos
Páginas115-124
Revista de Derecho de la Seguridad Social. Laborum 26 (1er Trimestre 2021)
Estudios de Doctrina Judicial ISSN: 2386-7191 ISSNe: 2387-0370
Fecha Recepción: 18-5-2020 Fecha Revisión: 20-5-2020 Fecha Aceptación: 22-5-2020
Pags. 115-124
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Poligamia y pensión de viudedad. Sentencia del Tribunal Supremo
(sala de lo Contencioso-Administrativo) de 17 de diciembre de 2019
Polygamy and widow's pension. Judgment of the Supreme Court
(Contentious-Administrative Chamber) of 17 December 2019
PILAR CHARRO BAENA
Catedrática de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social
Universidad Rey Juan Carlos
https://orcid.org/0000-0003-3665-9694
SERGIO GONZÁLEZ GARCÍA
Profesor Ayudante Doctor
Universidad Rey Juan Carlos
https://orcid.org/0000-0002-2359-9656
Cita sugerida: CHARRO BAENA, P. y GONZÁLEZ GARCÍA, S. "Poligamia y pensión de viudedad. Sentencia del
Tribunal Supremo (sala de lo Contencioso-Administrativo) de 17 de diciembre de 2019". Revista
de Derecho de la Seguridad Social, Laborum. 26 (2021): 115-124.
Resumen
Abstract
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal
Supremo reconoce el derecho a cobrar la pensión de
viudedad a las dos esposas de un ciudadano marroquí,
polígamo, que sirvió para el ejército español en el
Sáhara, y que percibía una paga con cargo al Estado
español, al amparo de lo dispuesto en el artículo 23 del
Convenio sobre Seguridad Social entre España y
Marruecos, de 8 de noviembre de 1979. En cuanto al
reparto de la prestación, se establece que la pensión debe
distribuirse a partes iguales entre las dos viudas. Nuestro
más Alto Tribunal despeja las dudas que existían hasta la
fecha. Aunque la poligamia resulta contraria al orden
público español, cuando el Estado suscribe un convenio
internacional con otro país donde se reconocen efectos a
dicho matrimonio hay que estar a lo dispuesto en el
mismo.
The Contentious-Administrative Chamber of the
Supreme Court recognises the right to collect a widow's
pension of both wives of a polygamous Moroccan
citizen who served for the Spanish army in the Sahara,
and who received a payment from the Spanish State,
under the provisions of article 23 of the Agreement on
Social Security between Spain and Morocco, of 8
November 1979. In terms of the distribution of the
pension, it is established that the pension must be
distributed equally between the two widows. Our highest
Court has cleared up the doubts that existed to date.
Although polygamy is against Spanish law, when the
State signs an international agreement with an other
country where such a marriage is recognised, their
provisions must be complied with.
Palabras clave
Keywords
poligamia; pensión de viudedad; i gualdad y Seguridad
Social
polygamy; widow's pension; equality and Social
Security
1. SUPUESTO DE HECHO ANALIZADO
El 18 de enero de 2012 falleció un soldado de las fuerzas especiales del ejército español, en
particular, de la Compañía de Ingenieros del gobierno General d el Sáhara, Grupo de Tiradores, q ue
se encontraba en situación de «retirado» y que hasta ese momento había estado percibiendo una
pensión de la Pagaduría de Pensionistas Saharauis de Las Palmas. El causante contaba con dos
esposas, pero solo una de ellas pudo acceder a la correspondiente pensión viudedad. La viuda que
no resultó beneficiaria reclamó en vía administrativa y, ante la negativa del Ministerio de Defensa,
decidió acudir a la vía judicial.
Interpuesto recurso co ntencioso-administrativo contra la desestimación por silencio del
recurso de alzada presentado contra la referida reso lución del Ministerio de Defensa de 20 de junio
de 2014, la Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Octava) del Tribunal Superior de

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